CORTE DE JUSTICIA • PUGLISI VILLASEÑOR, Alfio Arturo c. ESTADO PROVINCIAL s/ Beneficios Laborales • 14-09-2017

VocesCOMPETENCIA ORIGINARIA DE LA CORTE DE JUSTICIA: NO CONFIGURACIÓN – CARÁCTER DE ORDEN PÚBLICO -
Texto SUMARIOS: 1) Surge de la demanda que, en virtud de la transferencia del sistema previsional, el haber de retiro es otorgado y liquidado al actor por la Administración Nacional de la Seguridad Social -ANSES- y no por el Estado Provincial, por lo que en estricto rigor jurídico la pretensión debe tramitarse ante el fuero y los estrados correspondientes. 2) Que, los tribunales de grado deben reparar que la competencia asignada a la Corte de Justicia, por expreso mandato constitucional, es de orden público y en razón de la materia y no de las personas entre quienes se traba la litis, además de excepcional y estrictamente revisora de la actividad administrativa de los Poderes del Estado.-

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • PUGLISI VILLASEÑOR, Alfio Arturo c. ESTADO PROVINCIAL s/ Beneficios Laborales • 14-09-2017
    HECHOS: Llegan las actuaciones a la Corte de Justicia en virtud de la declinatoria de competencia del Sr. Juez Laboral para entender en la acción interpuesta por el actor en contra del Estado Provincial por reajuste de haberes previsionales y los daños que tendrían como causa generadora la relación de empleo público que habría unido a las partes.
  • CORTE DE JUSTICIA • PUGLISI VILLASEÑOR, Alfio Arturo c. ESTADO PROVINCIAL s/ Beneficios Laborales • 14-09-2017
    SUMARIOS: 1) Surge de la demanda que, en virtud de la transferencia del sistema previsional, el haber de retiro es otorgado y liquidado al actor por la Administración Nacional de la Seguridad Social -ANSES- y no por el Estado Provincial, por lo que en estricto rigor jurídico la pretensión debe tramitarse ante el fuero y los estrados correspondientes. 2) Que, los tribunales de grado deben reparar . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Interlocutoria N° 144/17