CORTE DE JUSTICIA • Apoderados de la Alianza Frente Cívico y Social – Cambiemos c. - s/ Recurso de Casación en contra de la Sentencia Definitiva Nº 01/2017 • 24-08-2017

VocesDEL VOTO DE LA DRA. JALILE DE CORREA. ELECCIONES MUNICIPALES- SUSPENSIÓN DEL ACTO ELECCIONARIO- DETERMINACIÓN DE LA FECHA DE CIERRE DEL PADRÓN- RECURSO DE CASACIÓN- COMPETENCIA DE LA CORTE- CARÁCTER JUDICIAL DEL FUERO ELECTORAL PROVINCIAL CARÁCTER RESTRICTIVO –APLICACIÓN DEL PADRÓN NACIONAL Y PROVINCIAL – CUESTIÓN ABSTRACTA-
Texto El fuero electoral provincial, tal como está conformado, es un fuero judicial y como tal susceptible de aplicarse en él las reglas y remedios procesales que rigen los procedimientos judiciales, por consiguiente resulta pertinente del uso de la vía recursiva articulada , sin perjuicio de que corresponda realizar un análisis restrictivo respecto de las condiciones que hacen a su admisibilidad y procedencia, a los fines de que el ejercicio de la revisión no se convierta paralelamente en la frustración del acto eleccionario de que se trata, sembrando más incertidumbre que certezas. Prevista como está por la ley Nº 15.262 la simultaneidad de las elecciones municipales y provinciales con las nacionales y dada la coincidencia temporal de esta resolución con el proceso electoral que culmina el 22/10/2017, hace a la seguridad jurídica que la elección municipal que motiva esta causa, se lleve a cabo con el mismo padrón que la provincial y la nacional, tal lo dispuesto por la Sentencia Definitiva Nº 01/17 dictada por el Tribunal Electoral. Vale esto como recomendación que el Tribunal está en condiciones de emitir en esta circunstancia y de cara al futuro, en tanto el acto eleccionario no se ha llevado a cabo aún.- Si el recurso interpuesto tuvo como única motivación que se revirtiera la decisión del Tribunal Electoral, ordenando que el plazo de 180 días se contara desde el 04/06/2017, a partir de la decisión firme del Juez Electoral de no realizar el comicio en esa fecha, no hubo cuestión para resolver, con lo cual técnicamente ha quedado sin materia.-

Sumarios

Votos

    -

Materias

    -

Normativas

    -

Sentencia Definitiva N° 11/17