Texto | Corresponde declarar formalmente inadmisible por deficiente argumentación técnica el recurso de casación incoado por la asistente técnica del imputado, toda vez que el escrito recursivo evidencia serios defectos de interposición, pues los planteos expuestos exhiben un déficit de fundamentación que impiden la comprensión de la vía impugnativa interpuesta, constatándose que el mismo no satisface en lo más mínimo las exigencias de fundamentación técnica establecidas por la ley de forma (arts. 460, sgtes. y ccdtes. del C.P.P)., ya que los conceptos invocados carecen de hilación lógica, sumado a que la causal que esgrime como motivo de agravio no condice con ninguno de los presupuestos previstos en la normativa procesal penal vigente . A más de ello no desvirtúa la fundamentación del fallo, al hacer referencia a cuestiones genéricas y entremezcladas que no desarrolla a fin de revertir las conclusiones a las que arribó el tribunal. En cuanto a la crítica relativa a que la pena impuesta a su defendido resulta arbitraria y excesiva carece de fundamentación, porque no demuestra cómo hubiera impactado favorablemente en la determinación final del quantum de la condena la consideración de las atenuantes cuya ponderación considera omitida -las que no expresa- o la errónea valoración de agravantes, las que tampoco pone de manifiesto en esta instancia.
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