CORTE DE JUSTICIA • OSPECON c. NORUZI S.A s/ Incidente de Revisión de Sen. Int. 55/09- s/ Recurso de Casación – RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL • 07-06-2017

VocesRECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL- CASACIÓN E INCIDENTE DE REVISIÓN- RECHAZO- AUSENCIA DE INDIVIDUALIZACIÓN DE LA CUESTIÓN FEDERAL- MERA DISCREPANCIA CON LA PONDERACIÓN DE HECHOS Y PRUEBAS CONSIGNADAS EN LA SENTENCIA IMPUGNADA-INEXISTENCIA DE CAUSALES DE ARBITRARIEDAD- DESESTIMACIÓN DEL RECURSO.
Texto El Recurso Extraordinario Federal interpuesto en contra de la sentencia dictada por este Tribunal, que rechaza el recurso de casación precedente y deja firme el decisorio que dispuso verificar un crédito tempestivo pretendido por la Obra Social para el Personal de la Construcción (OSPECON), debe ser desestimado, ya que conforme la jurisprudencia sentada por el Alto Tribunal en innumerables oportunidades, la doctrina sobre arbitrariedad de sentencia reviste carácter excepcional e impone un criterio particularmente restrictivo para examinar su procedencia. Se ha puntualizado que sostener lo contrario importaría abrir una tercera instancia ordinaria en aquellos supuestos en que las partes estimen equivocadas las decisiones de los jueces que suscriben el fallo (Fallos CSJN: 285:618; 290:95; 291:572; 304:267 y 308:2406), En ese contexto, los agravios expuestos por el recurrente no demuestran la existencia de una cuestión federal claramente individualizada, ello en razón que están referidos a normas de derecho común que a lo largo del memorial no han logrado demostrar la vinculación con las normas de carácter federal invocadas, a mas de ello la crítica solo trasunta una mera discrepancia con la práctica y la ponderación de los hechos y pruebas efectuada por los jueces del caso, lo que no sustenta la tacha de arbitrariedad formulada por el apelante, y por lo demás, toda vez que el decisorio cuenta con fundamentos jurídicos suficientes –sin contener las deficiencias estructurales a que hace referencia el apelante-, no corresponde su descalificación como acto judicial válido.-

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • OSPECON c. NORUZI S.A s/ Incidente de Revisión de Sen. Int. 55/09- s/ Recurso de Casación – RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL • 07-06-2017
    El Recurso Extraordinario Federal interpuesto en contra de la sentencia dictada por este Tribunal, que rechaza el recurso de casación precedente y deja firme el decisorio que dispuso verificar un crédito tempestivo pretendido por la Obra Social para el Personal de la Construcción (OSPECON), debe ser desestimado, ya que conforme la jurisprudencia sentada por el Alto Tribunal en innumerables . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Interlocutoria N° 41/17