CORTE DE JUSTICIA • PELOSO, Ramón Alejandro c. PODER JUDICIAL DE CATAMARCA - CORTE DE JUSTICIA s/ Acción Contencioso Administrativa • 31-03-2017

VocesACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA- ASUNCIÓN DE NUEVO MINISTROS- HECHO PÚBLICO Y NOTORIO- NOTIFICACIÓN MINISTERIO LEGIS ( ART. 103 IN FINE DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL)- RECUSACIÓN- RECHAZO DE LAS CAUSALES INVOCADAS- EXCUSACIÓN FUNDADA EN LA CAUSAL DE DECORO Y DELICADEZA (ART.30 INFINE DEL CPC)- ADMISIBILIDAD DE LAS INHIBICIONES- .INTEGRACIÓN DEL TRIBUNAL PARA TRATAMIENTO DE RECUSACIÓN CON EXPRESIÓN DE CAUSA.
Texto El hecho de la asunción de los nuevos ministros de ésta Corte de Justicia es público y notorio, por lo cual corresponde su notificación “ministerio legis”, conforme lo normado por el Art.103 in fine de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Corresponde hacer lugar a las inhibiciones formuladas por los Sres Ministros Cáceres, Sesto de Leiva y Cippitelli, quienes si bien rechazan la recusación con expresión de causa instaurada en su contra, solicitan el apartamiento de las presentes, con fundamento en razones de decoro y delicadeza, debiéndose, en consecuencia, integrar el Tribunal a los fines de avocarse al tratamiento de la recusación con causa realizada por la actora.

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • PELOSO, Ramón Alejandro c. PODER JUDICIAL DE CATAMARCA - CORTE DE JUSTICIA s/ Acción Contencioso Administrativa • 31-03-2017
    El hecho de la asunción de los nuevos ministros de ésta Corte de Justicia es público y notorio, por lo cual corresponde su notificación “ministerio legis”, conforme lo normado por el Art.103 in fine de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Corresponde hacer lugar a las inhibiciones formuladas por los Sres Ministros Cáceres, Sesto de Leiva y Cippitelli, quienes si bien rechazan la recusación . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Interlocutoria N° 49/17