CORTE DE JUSTICIA • Guevara, Esteban Manuel c. ------------- s/ Recurso de casación interpuesto - p.s.a. Abuso sexual con acceso carnal (dos hechos), todo en concurso real • 14-05-2015
Voces | DELITOS DE ABUSO SEXUAL- ORDEN DE TESTAR EL NOMBRE DE LA VÍCTIMA EN LOS REGISTROS-DERECHO A LA INTIMIDAD |
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Texto | La Cámara en lo Criminal no hizo lugar al Avenimiento propuesto por M. del P. E. con patrocinio letrado. Contra esta resolución, el representante de la querellante M. del P. E. y el asistente técnico del imputado interponen el presente recurso, cuestionando la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva. Como cuestión preeliminar, debo decir que, ante la constatación de que en los autos traídos a estudio, se ha omitido cumplimentar con lo ordenado en la normativa supranacional y nacional vigentes en lo atinente a la protección y resguardo del derecho a la intimidad de las víctimas de abuso sexual, se debe ordenar la recaratulación y mandar a testar todos los registros en los que figura el nombre completo de la denunciante y víctima del presente hecho. Lo dicho se sustenta en que nos encontramos ante una víctima de violencia de género, la que además, por su condición es vulnerable, lo cual, a la luz de la citada legislación, impone al sistema de administración de justicia, resguardar su intimidad a fin de evitar una doble victimización; así como, la estigmatización que produce este tipo de delitos. Por ello, se debe velar por una eficaz protección de la seguridad e intimidad, en especial de sus datos personales y por la necesaria adopción de medidas dirigidas a fortalecer la posición de las víctimas en el proceso penal que eviten su revictimización. En efecto, la constatación de difusión de los datos personales de la víctima en cuestión, implica una vulneración a su derecho a la intimidad, lo cual impone que el yerro consignado en los párrafos que anteceden deba ser inmediatamente corregido. |
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La Cámara en lo Criminal no hizo lugar al Avenimiento propuesto por M. del P. E. con patrocinio letrado. Contra esta resolución, el representante de la querellante M. del P. E. y el asistente técnico del imputado interponen el presente recurso, cuestionando la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva. El estudio del cuestionamiento esgrimido por los recurrentes a la luz de los . . .
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