CORTE DE JUSTICIA • DENETT, Marcos Rodolfo José c. CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL s/ Acción de Amparo por Mora en la Administración • 18-05-2009

VocesAMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION-DICTADO DEL ACTO EXPRESO POR LA ADMINISTRACION REQUERIDA-CUESTION ABSTRACTA
TextoComparece el Dr. M.R.D. interponiendo acción de amparo por mora en la administración contra el Concejo Deliberante de la Capital, puesto que no se le ha dado continuidad y conclusión al trámite administrativo del concurso de antecedentes y oposición para ocupar el cargo público de Defensor del Pueblo, del cual el actor es aspirante seleccionado. Expresa que interpuso ante el Concejo pronto despacho y posteriormente envió carta documento, con el objeto de que se resuelva en definitiva el Concurso mencionado, por considerar cumplidas todas las instancias regladas por la Ordenanza aplicable. Ante la situación administrativa de arbitraria e ilegal “indefinición”, el ordenamiento jurídico le otorga la facultad de que se emplace judicialmente a la administración para que resuelva. En sus Arts. 5 y 6, la Ley 4795 , modificada por la Ley Nº 4850, preceptúa que la Corte de Justicia tiene competencia originaria e improrrogable para entender en la Acción de Amparo por Mora en la Administración. En autos, con su presentación de fecha 23 de marzo de 2009, el amparista persigue – en su carácter de aspirante seleccionado- el cese de la indefinición del Concurso de Antecedentes y Oposición para cubrir el cargo de Defensor del Pueblo de la ciudad, tramitado por ante el Concejo Deliberante de la Capital, con el objeto de que esta Corte de Justicia ordene el pronto despacho judicial para que se convoque a una “sesión especial” para dicho tratamiento. Ahora bien, el 7 de abril del corriente año, el Concejo Deliberante sanciona el Decreto Nº 001/09, mediante el cual se rechazan las observaciones y/o impugnaciones presentadas por los postulantes del concurso; se rechaza el dictamen final emitido por la minoría de la Comisión Especial elegida para el tratamiento de la designación; se deja sin efecto el concurso por aplicación del art. 36 y 37 inc. C) de la Ordenanza Nº 4140/06; y se da por concluido el trámite del concurso y la disolución de la comisión especial creada al efecto. En consecuencia, conforme a las características propias de la acción y lo precedentemente expresado, ha quedado sin materia la acción de amparo por mora en la administración interpuesta. Por ello, corresponde declarar abstracta la causa, por haber operado la sustracción de la materia justiciable. Sin costas -Art. 14 de la Ley 4795-.

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • DENETT, Marcos Rodolfo José c. CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL s/ Acción de Amparo por Mora en la Administración • 18-05-2009
    Comparece el Dr. M.R.D. interponiendo acción de amparo por mora en la administración contra el Concejo Deliberante de la Capital, puesto que no se le ha dado continuidad y conclusión al trámite administrativo del concurso de antecedentes y oposición para ocupar el cargo público de Defensor del Pueblo, del cual el actor es aspirante seleccionado. Expresa que interpuso ante el Concejo pronto . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Interlocutoria N° 69/09