CORTE DE JUSTICIA • CHACOMA, Luis A. y Otro c. CATAMARCA RIOJA REFRESCOS S.A.C.I.F. s/ Beneficios Laborales - s/ Recurso de Casación • 19-05-2010

VocesRECURSO DE CASACION-REGULACION DE HONORARIOS POR LA ACTUACION EN LA INSTANCIA EXTRAORDINARIA LOCAL-BASE DE REGULACION-REGULACION EFECTUADA EN PRIMERA INSTANCIA-MONTO-PORCENTAJE LEGAL
TextoEl apoderado de la demanda interpuso recurso de casación contra la sentencia definitiva dictada por la Cámara de Apelaciones. El apoderado de la parte actora contesta traslado del recurso de casación, solicitando su rechazo. Mediante Sentencia Definitiva, se resuelve rechazar el recurso de casación interpuesto por improcedente, con costas a la demandada que resulta vencida. El apoderado de la actora solicita regulación de honorarios por el trabajo realizado en esta instancia. La base a tener en cuenta para la regulación de los honorarios solicitados está dada por la regulación de honorarios efectuada en el Juzgado de Primera Instancia, que asciende a la suma de $3.425,86. Este Tribunal entiende que, conforme lo prescribe el Art.14 de la Ley N°3956/83, corresponde aplicar el porcentaje del 30% a los honorarios regulados en el Juzgado del Trabajo de Primera Nominación. Por ello, corresponde regular los honorarios profesionales del Dr. P.J.V., por los trabajos realizados en esta instancia, en la suma de Pesos Mil Veintisiete con Setenta y Cinco ($1.027,25). Notifíquese a la Caja Forense y a la Administración General de Rentas de la Provincia.

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • CHACOMA, Luis A. y Otro c. CATAMARCA RIOJA REFRESCOS S.A.C.I.F. s/ Beneficios Laborales - s/ Recurso de Casación • 19-05-2010
    El apoderado de la demanda interpuso recurso de casación contra la sentencia definitiva dictada por la Cámara de Apelaciones. El apoderado de la parte actora contesta traslado del recurso de casación, solicitando su rechazo. Mediante Sentencia Definitiva, se resuelve rechazar el recurso de casación interpuesto por improcedente, con costas a la demandada que resulta vencida. El apoderado de la . . .

Votos

    -

Materias

    -

Normativas

    -

Sentencia Interlocutoria N° 66/10