Voces | ORDENANZA MUNICIPAL: NATURALEZA JURIDICA-LEY EN SENTIDO FORMAL Y MATERIAL- ACCION DIRECTA DE INCONSTITUCIONALIDAD - JURISDICCION Y COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA: PROCEDENCIA-FUNDAMENTO-CONSTITUCION PROVINCIAL |
Texto | Comparece el Fiscal Municipal de la Ciudad de Andalgalá, en representación del Municipio, articulando acción de inconstitucionalidad en contra de la Ordenanza Nº002/10, sancionada el 11/Marzo/2010 por el Concejo Deliberante del dicha Municipalidad, por considerarla contraria a normas de las constituciones nacional y provincial y otras leyes que cita.
Explicita que la Ordenanza cuestionada establece en su Art.1º: “Ordénese al Departamento Ejecutivo Municipal, para que proceda a la ejecución de un Referéndum Facultativo, bajo el carácter de vinculante, para el día 25 de Mayo del presente año, a los efectos de que los ciudadanos andalgalenses mayores de 18 años puedan expresarse por Si o por No, a la ejecución y/o explotación de mega emprendimientos mineros metalíferos –denominados a “cielo abierto”-, en todo el ámbito territorial del Municipio de Andalgalá”. Funda la acción de inconstitucionalidad deducida.
Conforme a las consideraciones que se expondrán ut retro, esta Corte de Justicia debe declarar su jurisdicción y competencia para entender en la acción de inconstitucionalidad interpuesta.
En efecto, para así decidir, se considera que esta acción en el orden nacional ha sido introducida jurisprudencialmente ante la falta de consagración legislativa, bajo el nomen iuris de acción de inconstitucionalidad directa, autónoma o acción declarativa de inconstitucionalidad, llegando la CSJN a efectuar declaraciones abstractas de inconstitucionalidad, mientras que en la mayoría de las provincias ha sido incorporada positivamente, y cuyo alcance, establecido por vía doctrinaria, se encuentra circunscripto a la determinación -o no- de la existencia de un agravio a un derecho reconocido por la Constitución.
Dentro de tales parámetros, la pretensión incoada tiende a desentrañar el conflicto suscitado entre una Ordenanza Municipal -entendida como especie de ley local tanto en sentido formal como material-, reputada como violatoria del orden constitucional vigente. Demanda que -como en la mayoría de las legislaciones provinciales-, cae bajo la competencia de esta Corte de Justicia en orden a lo preceptuado por el Art.203, inc.2, y Art.259 de la Constitución Provincial.
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- CORTE DE JUSTICIA • FARRONI, Daniel Oscar c. CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ANDALGALÁ s/ Acción Autónoma de Inconstitucionalidad • 21-04-2010
Comparece el Fiscal Municipal de la Ciudad de Andalgalá, en representación del Municipio, articulando acción de inconstitucionalidad en contra de la Ordenanza Nº002/10, sancionada el 11/Marzo/2010 por el Concejo Deliberante del dicha Municipalidad, por considerarla contraria a normas de las constituciones nacional y provincial y otras leyes que cita.
Explicita que la Ordenanza cuestionada establece . . .
- CORTE DE JUSTICIA • FARRONI, Daniel Oscar c. CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ANDALGALÁ s/ Acción Autónoma de Inconstitucionalidad • 21-04-2010
La mayoría de la Doctrina normalmente por omisión, al nombrar a las provincias que tienen instaurada la acción de inconstitucionalidad positivamente excluye a Catamarca.
Sin perjuicio de ello, la posición minoritaria, entre los que se encuentran Morello (“CPCC de la Pcia. de Bs As y la Nación”, TVII-B, p.440) y Pedro J. Frías (“Derecho Publico Provincial”, p.266), comparten el criterio . . .
- CORTE DE JUSTICIA • FARRONI, Daniel Oscar c. CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ANDALGALÁ s/ Acción Autónoma de Inconstitucionalidad • 21-04-2010
Aceptada la viabilidad de la acción autónoma o directa de inconstitucionalidad y no existiendo legislación adjetiva o de forma sobre la misma, deben seguirse los precedentes del derecho público provincial comparado a los fines de la determinación de la legitimación ad causam, exigiendo al respecto en el demandante por lo menos un simple interés, dentro de la categorización establecida en Derecho . . .
- CORTE DE JUSTICIA • FARRONI, Daniel Oscar c. CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ANDALGALÁ s/ Acción Autónoma de Inconstitucionalidad • 21-04-2010
Como en todo proceso debe existir un contradictor, en la legislación comparada, la acción de inconstitucionalidad se dirige, contra el Jefe de Gobierno en la Ciudad Autónoma de Bs. As., o contra el Asesor General de Gobierno en la provincia de Bs. As., y en otros ordenamientos contra el Fiscal de Estado, criterio que debe adecuarse al caso concreto de conformidad a nuestra organización institucional. . . .
- CORTE DE JUSTICIA • FARRONI, Daniel Oscar c. CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ANDALGALÁ s/ Acción Autónoma de Inconstitucionalidad • 21-04-2010
Respecto al procedimiento que debe imprimirse al litigio –acción de inconstitucionalidad-, ante la ausencia de norma y en cumplimiento de la manda constitucional de que los jueces deben arbitrar las normas necesarias a fin de poner en movimiento el procedimiento que garantice los derechos de los habitantes de la provincia -Art.39 de la Constitución Provincial-, corresponde que se apliquen las normas . . .
- CORTE DE JUSTICIA • FARRONI, Daniel Oscar c. CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ANDALGALÁ s/ Acción Autónoma de Inconstitucionalidad • 21-04-2010
La legislación adjetiva contempla la posibilidad que durante el lapso que transcurre entre la iniciación de un proceso y la decisión final surjan circunstancias que imposibiliten el cumplimiento de la sentencia definitiva. Y, precisamente para evitar este riesgo establece diversas medidas a tramitarse dentro del denominado proceso cautelar, tendiente a asegurar la eficacia práctica del pronunciamiento . . .
- CORTE DE JUSTICIA • FARRONI, Daniel Oscar c. CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ANDALGALÁ s/ Acción Autónoma de Inconstitucionalidad • 21-04-2010
Tratándose el supuesto de autos de una demanda de inconstitucionalidad, en principio, la admisión de medidas cautelares debe juzgarse con criterio sumamente restrictivo, porque las normas pasibles de ser atacadas por la vía intentada, gozan de presunción de legitimidad y ejecutoriedad, como lo sostiene la doctrina legal de esta Corte de Justicia, por lo que su admisión se encuentra condicionada . . .
- CORTE DE JUSTICIA • FARRONI, Daniel Oscar c. CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ANDALGALÁ s/ Acción Autónoma de Inconstitucionalidad • 21-04-2010
En el sub lite, resulta insoslayable precisar que este Tribunal no comparte lo dictaminado por el Ministerio Público, por cuanto la resolución acerca de la tutela cautelar no puede confundirse con la sentencia de fondo, en tanto, implica una valoración prematura mediante la cual no puede emitirse opinión sobre la cuestión sustancial en debate. La medida precautoria tiende a la suspensión temporaria . . .
- CORTE DE JUSTICIA • FARRONI, Daniel Oscar c. CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ANDALGALÁ s/ Acción Autónoma de Inconstitucionalidad • 21-04-2010
Comparece el Fiscal Municipal de la Ciudad de Andalgalá, en representación del Municipio, articulando acción de inconstitucionalidad en contra de la Ordenanza Nº002/10, sancionada el 11/Marzo/2010 por el Concejo Deliberante que establece en su Art.1º :“Ordénese al Departamento Ejecutivo Municipal, para que proceda a la ejecución de un Referéndum Facultativo, bajo el carácter de vinculante, . . .