CORTE DE JUSTICIA • GUARAZ, Eufemio Argentino c. BARTOLUCCI, Daniel Enrique s/ Nulidad por Lesión Enorme - Casación • 01-12-2016

VocesCasación: Causales: Arbitrariedad y errónea aplicación o interpretación de la ley: No configuración -
Textoa) Para que se configure la arbitrariedad, el casacionista debe acreditar la existencia de vicios graves en la resolución impugnada, consistentes en razonamientos groseramente ilógicos o contradictorios, apartamiento palmario de las circunstancias del proceso, omisión de consideración de hechos o pruebas decisivas o carencia absoluta de fundamentación. Las alegaciones formuladas en autos evidencian una mera opinión discrepante con la del Tribunal Ad Quem, lo que resulta absolutamente insuficiente para lograr evidenciar el error grave y manifiesto –que caracteriza el vicio de arbitrariedad- en la conceptuación, juicio o raciocinio del caso planteado.- (Del voto del Dr. Cáceres). b) Es jurisprudencia sentada de este Tribunal que a efectos del recurso de casación, la invocación de la causal de errónea interpretación y aplicación de la ley no se satisface con el hecho de su pura mención sino que es menester indicar en qué consiste la violación o error legal que denuncia para su viabilidad, precisando y demostrando en forma clara de qué modo los textos legales que cita han sido violados en el caso concreto y cómo habría influido para torcer la solución a que arriba el fallo, lo que tampoco ha logrado demostrarse en autos. (Del voto del Dr. Cáceres). c) El fallo exhibe razones serias, coherentes y suficientes, con apoyo en las constancias de la causa, compartibles o no, pero no por ello ilógicas al extremo de la arbitrariedad que permita a este Tribunal poder ejercer la extraordinaria facultad revisoria. (Del voto del Dr. Cippitelli).

Sumarios

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Casación N° 26/16