CORTE DE JUSTICIA • CABERNET DE LOS ANDES S.A. c. ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIO DE REGANTES DEL DISTRITO MEDANITOS s/ Acción de Amparo - Acción Autónoma de Nulidad • 27-04-2011
Voces | PROCESO DE AMPARO-ACCION AUTONOMA DE NULIDAD-RECUSACION CON CAUSA A LOS MIEMBROS TITULARES DE LA CORTE DE JUSTICIA-PREJUZGAMIENTO: CONFIGURACION; IMPROCEDENCIA |
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Texto | La actora -consorcio de regantes de Medanitos- promueve acción autónoma de nulidad por cosa juzgada írrita, persiguiendo se declare la nulidad de las siguientes sentencias: Interlocutoria Nº112/06; Definitiva Nº7/07 e Interlocutorias Nº62 y 119/08; esto es, persigue la nulidad de todo el proceso de amparo, desde la declaración de admisibilidad formal en el que resultara vencido, petición que recibe la adhesión de un grupo de vecinos de la localidad citada. Recusa con causa a los integrantes titulares de esta Corte de Justicia por haber emitido opinión, Art.17 inc.7 CPCC.- La Sra. Ministro, Dra. Sesto de Leiva y el Sr. Ministro, Dr. Cáceres, proponen el rechazo de la recusación por inexistencia de la causal invocada. Respecto de la recusación al Tribunal que dictara los actos objetados, en primer término, debe tenerse presente que el prejuzgamiento -causal contenida en el inc.7 del Art.17 del CPCC sobre el que descansa el planteo recusatorio del actor traído a resolver- ha sido definido como la emisión de opinión o dictamen preciso y fundado sobre el o los puntos concretos que deban ser materia de decisión después de comenzado el pleito, ya sea en el expediente o fuera de él, antes de la oportunidad fijada por la ley para pronunciarse. Y sólo resulta admisible apartar al Juez del conocimiento de la causa cuando haya exteriorizado judicial o extrajudicialmente y con anterioridad a su sentencia, su posición más cercana a la forma de resolver el fondo de las cuestiones debatidas en el proceso -Interloc. Nº119 del 30/09/10 en autos Corte Nº018/2010 “Reinalde”-. De tal manera, surge claro que las decisiones tomadas por la Corte, hoy impugnadas por el actor mediante la acción autónoma de nulidad, más allá de su acierto o error, se ajustaron al deber de proveer las peticiones de las partes, temperamento que descarta la configuración de la causal en que se asienta la recusación intentada -prejuzgamiento-, lo que expresado con palabras de la jurisprudencia pacífica significa que la actuación de los miembros de la Corte recusados en los presentes no ha importado un indebido aporte subjetivo que implique un prejuzgamiento, sino que está enmarcada en el ámbito de las funciones que les son propias como directores del proceso. En virtud de lo expuesto, corresponde rechazar las recusaciones opuestas a la actuación en los presentes de los miembros titulares de la Corte de Justicia. Prosiga la causa según su estado con intervención del Tribunal titular en pleno. |
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La actora -consorcio de regantes de Medanitos- promueve acción autónoma de nulidad por cosa juzgada írrita, persiguiendo se declare la nulidad de las siguientes sentencias: Interlocutoria Nº112/06; Definitiva Nº7/07 e Interlocutorias Nº62 y 119/08; esto es, persigue la nulidad de todo el proceso de amparo, desde la declaración de admisibilidad formal en el que resultara vencido, petición que . . . - CORTE DE JUSTICIA • CABERNET DE LOS ANDES S.A. c. ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIO DE REGANTES DEL DISTRITO MEDANITOS s/ Acción de Amparo - Acción Autónoma de Nulidad • 27-04-2011
Es doctrina del Máximo Tribunal local que la competencia para intervenir en la pretensión autónoma de nulidad recae en el juez o tribunal que dictara el acto impugnado -Auto interloc Nº 24 del14/03/01 en autos Corte Nª 03/01 “M.A. Azar-juez civil de 4º Nom s/incid. de oposición al Dr. Avellaneda en autos:521/00 Dr. L. F. Courel en autos 25/84 Biblioteca Popular R.S. Castillo vs. Club social . . . - CORTE DE JUSTICIA • CABERNET DE LOS ANDES S.A. c. ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIO DE REGANTES DEL DISTRITO MEDANITOS s/ Acción de Amparo - Acción Autónoma de Nulidad • 27-04-2011
El prejuzgamiento de los jueces no puede fundarse en su intervención en un anterior procedimiento, propia de sus funciones legales, ya que tal actuación, en la medida que la imponga el ejercicio de sus atribuciones específicas, importa juzgamiento y no prejuzgamiento -CSJN, fallos 270:415, 287:464; 300:380301:596-, entre tantos. Desde tal perspectiva la Corte Federal ha expresado que las recusaciones . . . - CORTE DE JUSTICIA • CABERNET DE LOS ANDES S.A. c. ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIO DE REGANTES DEL DISTRITO MEDANITOS s/ Acción de Amparo - Acción Autónoma de Nulidad • 27-04-2011
La actora-consorcio de regantes de Medanitos- promueve acción autónoma de nulidad por cosa juzgada írrita, persiguiendo se declare la nulidad de las siguientes sentencias: Interlocutoria Nº112/06; Definitiva Nº7/07 e Interlocutorias Nº62 y 119/08; esto es, persigue la nulidad de todo el proceso de amparo, desde la declaración de admisibilidad formal en el que resultara vencido, petición que . . . - CORTE DE JUSTICIA • CABERNET DE LOS ANDES S.A. c. ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIO DE REGANTES DEL DISTRITO MEDANITOS s/ Acción de Amparo - Acción Autónoma de Nulidad • 27-04-2011
Resulta improcedente la recusación fundada en la causal del Art.17 inc.2) del Cód. Procesal Civil y Comercial de la Nación cuando se dirige a cuestionar el acierto de una decisión que está firme, ya que sus argumentos apuntan a sostener su desacuerdo con la normativa aplicada, tópico insuficiente para fundar un "interés en el pleito" del magistrado – “Cámara Nacional de Apelaciones en lo . . . - CORTE DE JUSTICIA • CABERNET DE LOS ANDES S.A. c. ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIO DE REGANTES DEL DISTRITO MEDANITOS s/ Acción de Amparo - Acción Autónoma de Nulidad • 27-04-2011
La actora-consorcio de regantes de Medanitos- promueve acción autónoma de nulidad por cosa juzgada írrita, persiguiendo se declare la nulidad de las siguientes sentencias: Interlocutoria Nº112/06; Definitiva Nº7/07 e Interlocutorias Nº62 y 119/08; esto es, persigue la nulidad de todo el proceso de amparo, desde la declaración de admisibilidad formal en el que resultara vencido, petición que . . .
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