CORTE DE JUSTICIA • NAVARRO, Pedro Armando y MONFERRAN, María Cecilia c. CORDOBA, Rafaela del Valle; DIAZ, Sebastián Hernán, Prudencia Seguros S.A., e IGOM S.R.L. s/ Ejecución de Honorarios s/ RECURSO DE CASACION” • 16-02-2017

VocesRECURSO DE CASACIÓN- IMPROCEDENCIA DE LOS AGRAVIOS DE LA CODEMANDADA BASADOS EN LAS CAUSALES PREVISTAS EN LOS TRES INCISOS DEL ART. 298 DEL C.P.C.- AUSENCIA DE FUNDAMENTACIÓN SUFICIENTE PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA DE ERRÓNEA APLICACIÓN DE LA LEY, ERRÓNEA INTERPRETACIÓN O APLICACIÓN DE LA DOCTRINA LEGAL Y/O ARBITRARIEDAD EN LA SENTENCIA IMPUGNADA- COSTAS- CUESTIÓN DE HECHO Y PRUEBA AJENA A LA CASACIÓN- INAMISIBILIDAD FORMAL DEL RECURSO..
Texto El recurso de casación interpuesto por la codemandada -Prudencia Seguros S.A. en contra de la sentencia interlocutoria pronunciada por la Cámara de Apelaciones de Segunda Nominación, mediante la cual se resuelve no hacer lugar al recurso de apelación deducido por la misma parte confirmando la sentencia dictada por el juez de grado, quien rechazó la excepción de inhabilidad de título oportunamente planteada , debe ser declarado formalmente inadmisible toda vez que la recurrente: - Efectúa un discurso argumental absolutamente insuficiente para justificar que el fallo que pretende impugnar se aparte del derecho aplicable Incurre en una clara equivocación conceptual sobre lo que debe entenderse por doctrina legal, pues en su memorial de agravios alude a los fallos emanados de tribunales distintos a los dictados de manera uniforme por ésta Corte de Justicia. Realiza apreciaciones que a su criterio corresponde que se apliquen, reflejando con ello una mera disconformidad con lo resuelto, incumpliendo, en consecuencia, con la carga procesal que le asiste de demostrar que la sentencia ha incurrido en omisiones y desaciertos de gravedad que la descartan como decisión judicial válida. No demostró la existencia del absurdo, por lo cual la Corte no está habilitada para modificar la imposición de costas, puesto que es facultad exclusiva de los tribunales de grado analizar la situación de cada parte y cargar, en consecuencia, a una u otra las costas del juicio.

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • NAVARRO, Pedro Armando y MONFERRAN, María Cecilia c. CORDOBA, Rafaela del Valle; DIAZ, Sebastián Hernán, Prudencia Seguros S.A., e IGOM S.R.L. s/ Ejecución de Honorarios s/ RECURSO DE CASACION” • 16-02-2017
    El recurso de casación interpuesto por la codemandada -Prudencia Seguros S.A. en contra de la sentencia interlocutoria pronunciada por la Cámara de Apelaciones de Segunda Nominación, mediante la cual se resuelve no hacer lugar al recurso de apelación deducido por la misma parte confirmando la sentencia dictada por el juez de grado, quien rechazó la excepción de inhabilidad de título . . .

Votos

    -

Materias

    -

Normativas

    -

Sentencia Interlocutoria N° 06/17