CORTE DE JUSTICIA • Cristian Omar Aredes (imputado) c. ------ s/ “RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la Dra. Mercedes Gandía de Morcos, Defensora del imputado Cristian Omar Aredes • 15-02-2017

VocesVOTO DEL DR. CÁCERES AL QUE ADHIEREN LOS DRES. CIPPITELLI; SESTO DE LEIVA; MOLINA y FIGUEROA VICARIO. RECURSO DE CASACIÓN – SENTENCIA CONDENATORIA EN DELITO DE ROBO CALIFICADO- IMPUGNACIÓN FUNDADA EN: INOBSERVANCIA O ERRÓNEA APLICACIÓN DE LAS REGLAS DE LA SANA CRÍTICA EN APRECIACIÓN DE LAS PRUEBAS Y ERRÓNEA APLICACIÓN DE LA LEY PENAL SUSTANTIVA (incs. 1° y 2° del art. 454 del C.P.P.); FALTA DE CONGRUENCIA- APARTAMIENTO DE LAS NORMAS DE LA LÓGICA- AUSENCIA DE IMPARCIALIDAD- FALTA DE DEMOSTRACIÓN DEL ERROR PREDICADO RESPECTO DEL MÉRITO EFECTUADO SOBRE EL CONJUNTO DE INDICIOS INVOCADOS EN LA SENTENCIA- INSUFICIENCIA DE LOS FUNDAMENTOS ESGRIMIDOS POR EL RECURRENTE A LOS FINES DE LA PRETENSIÓN DE MODIFICACIÓN DEL DECISORIO- ADECUADA VALORACIÓN DE LAS TESTIMONIALES POR EL TRIBUNAL- DECLARACIONES TESTIMONIALES NO CONTRADICHAS EN EL JUICIO NI DSVIRTUADAS EN EL RECURSO- RECHAZO DEL RECURSO.
Texto Los argumentos brindados por el impugnante de los que surge que la sentencia condenatoria es discutida sólo con relación a la intervención que en el hecho de la causa le es reprochada a Cristian Omar Aredes, en tanto no logran desvirtuar los fundamentos que sustentan lo resuelto sobre el punto, son insuficientes a los fines de obtener la pretendida modificación de la sentencia. Y si bien la condena es impugnada por estar basada sólo en indicios, lo relevante es que la recurrente no logra demostrar el error que predica del mérito efectuado sobre el conjunto de indicios convergentes invocados en la sentencia como indicativos de la coautoría de aquel en el robo al local comercial de Cándida Patricia Ramos. Corresponde rechazar el recurso interpuesto porque la posición exculpatoria de Aredes fue desbaratada en la sentencia por la incompatibilidad existente entre los propios dichos del imputado, adecuadamente ponderados en el decisorio como indicios de mala justificación; porque las declaraciones de los testigos fueron adecuadamente valoradas por el tribunal, sin que fueran contradichas en el juicio ni desvirtuadas en el recurso, no constatándose ningún motivo de enemistad, resentimiento u otro, que autorice a dudar de la sinceridad de tales testimonios, y porque además el recurrente no logró demostrar la relevancia que parece atribuirle a la afirmación que formula, al referir que el hecho de que Aredes le haya obsequiado un pantalón a Canatta no lo hace responsable del delito de robo, lo cual no basta para desmoronar la convicción sobre su intervención en el hecho, construida sobre la valoración conjunta de los diversos indicadores de su autoría meritados en la sentencia y no desvirtuados en el recurso, desprendiéndose de todo ello que ni el error predicado respecto de la valoración probatoria que sustenta la decisión que impugna, ni por ende, la errónea aplicación de la ley penal sustantiva, pudieron ser demostrados por el recurrente, correspondiendo en consecuencia rechazar el recurso interpuesto.

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • Cristian Omar Aredes (imputado) c. ------ s/ “RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la Dra. Mercedes Gandía de Morcos, Defensora del imputado Cristian Omar Aredes • 15-02-2017
    Los argumentos brindados por el impugnante de los que surge que la sentencia condenatoria es discutida sólo con relación a la intervención que en el hecho de la causa le es reprochada a Cristian Omar Aredes, en tanto no logran desvirtuar los fundamentos que sustentan lo resuelto sobre el punto, son insuficientes a los fines de obtener la pretendida modificación de la sentencia. Y si bien . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • Cristian Omar Aredes (imputado) c. ------ s/ “RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la Dra. Mercedes Gandía de Morcos, Defensora del imputado Cristian Omar Aredes • 15-02-2017
    El argumento de la defensa de que el instituto de la reincidencia es violatorio del principio de resocialización, y que el fracaso del Estado en resocializar al sujeto a través de la pena no puede usarse en contra del imputado, no aporta ningún dato objetivo que lo sustente; y es que el solo hecho que la persona haya cometido un delito luego de su tratamiento penitenciario no es indicador concreto . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 04/17