CORTE DE JUSTICIA • ACOSTA, Sofía Victoria del Carmen y otros c. Poder Ejecutivo; Mtrio. de Salud Pública; Subsecretaria de Salud Pública y Estado Provincial s/ ACCIÓN DE AMPARO • 07-08-2008
Voces | EMPLEADOS PÚBLICOS – DOCENTES – SUPRESION DE ADICIONALES- DERECHO ADQUIRIDO - |
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Texto | Los actores se encuentran legitimados para plantear la cuestión traída a debate, como titulares de un derecho subjetivo, efectivamente existente, que les es propio, y que se encontraba incorporado a su patrimonio, el cual se vió violentado, con la supresión en sus haberes, del pago de los adicionales cuyo restablecimiento reclaman; perjudicando así el actuar de la administración, derechos de raigambre constitucional consagrados en el Art. 14 de la C.N. Le asiste razón a los litigantes cuando argumentan que ilegal y arbitrariamente fueron suprimidos los pagos de los adicionales que percibían por parte de la Administración Pública, toda vez que los mismos, por la calidad de docentes que revisten se encuentran excluidos de la aplicación de la legislación que comprende al personal sanitario, del arte de curar y sus auxiliares. (Del voto del Dr. Cippitelli). |
Sumarios
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Los actores se encuentran legitimados para plantear la cuestión traída a debate, como titulares de un derecho subjetivo, efectivamente existente, que les es propio, y que se encontraba incorporado a su patrimonio, el cual se vió violentado, con la supresión en sus haberes, del pago de los adicionales cuyo restablecimiento reclaman; perjudicando así el actuar de la administración, derechos de . . . - CORTE DE JUSTICIA • ACOSTA, Sofía Victoria del Carmen y otros c. Poder Ejecutivo; Mtrio. de Salud Pública; Subsecretaria de Salud Pública y Estado Provincial s/ ACCIÓN DE AMPARO • 07-08-2008
La supresión de los adicionales que los recurrentes venían percibiendo en forma constante desde que comenzaron su relación con la Administración, en base a la aplicación de la Ley nº 5161 “que crea la carrera de Personal Sanitario- y su reglamentación prevista en el Decreto 1659/06; constituye en efecto un acto cuya ilegitimidad surge de modo manifiesto, por lo que resulta canalizable a través . . . - CORTE DE JUSTICIA • ACOSTA, Sofía Victoria del Carmen y otros c. Poder Ejecutivo; Mtrio. de Salud Pública; Subsecretaria de Salud Pública y Estado Provincial s/ ACCIÓN DE AMPARO • 07-08-2008
La vía del amparo no es el procedimiento idóneo, en este caso, para obtener el restablecimiento del derecho conculcado pero habiéndose declarado su viabilidad formal, ha precluido la etapa para que tal argumento sea fuente del rechazo de la acción. - CORTE DE JUSTICIA • ACOSTA, Sofía Victoria del Carmen y otros c. Poder Ejecutivo; Mtrio. de Salud Pública; Subsecretaria de Salud Pública y Estado Provincial s/ ACCIÓN DE AMPARO • 07-08-2008
Al no rebatir los reclamos de los actores, el informe emanado del demandado constituye un allanamiento implícito a su pretensión razón por la cual debe hacerse lugar a la acción intentada. (Del voto del Dr. Lilljedahl)
Votos
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Materias
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Normativas
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