CORTE DE JUSTICIA • SOSA, Gustavo Adolfo c. ESTADO PROVINCIAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN s/ Acción Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción y de Ilegitimidad • 10-02-2010

VocesADMINISTRACION PUBLICA-FUNCIONARIO PUBLICO-VACACIONES NO GOZADAS- RECHAZO A LA SOLICITUD DE COMPENSACION DINERARIA POR PROHIBICION LEGAL-ARBITRARIEDAD-RECLAMO ANTERIOR A LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY-INAPLICABILIDAD-
TextoEl rechazo del planteo formulado por el actor, con fundamento en la aplicación de la Ley 4983, que prohíbe la conversión en dinero de la licencia anual ordinaria no gozada, es una conclusión que resulta al menos arbitraria, atento a que el reclamo fue de fecha anterior a la entrada en vigencia de la citada ley -13/05/99-, constituyendo el derecho vacacional un derecho adquirido que se encuentra incorporado ab initio al patrimonio del agente y que goza de garantía constitucional -Art. 14 bis C.N.-.Efectivamente, el principio rector de esta norma es resguardar el descanso anual de los agentes. (Del voto de la Dra. Sesto de Leiva, según su fundamento).

Sumarios

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 02/10