CORTE DE JUSTICIA • MAZA, María Beatriz c. FURQUE, José Alberto y GRANIZO, Ángel s/ Acción de Réplica, Rectificación o Respuesta.- CASACION • 29-12-2009

VocesPROCEDIMIENTO ORDINARIO DE SEGUNDA INSTANCIA-POTESTADES DEL TRIBUNAL DE ALZADA-RECURSO DE APELACION-ANALISIS DE ADMISIBILIDAD: OPORTUNIDAD; PRECLUSIÓN
TextoAsiste razón al Sr. Procurador General cuando en su dictamen y refiriéndose a la potestad del Tribunal de segunda instancia de pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso de Apelación, en relación a la forma de concesión y al plazo de interposición, a tenor de los dispuesto por el Art. 276 del CPCC, considera que la Cámara lo realizó extemporáneamente, pues debiendo verificarlos en el momento de la radicación de la causa, omitió hacerlo, sustanció el recurso poniendo los autos a la oficina para la expresión de agravios de la actora, tuvo por presentado y por contestados los agravios, y llamó a autos, para recién pronunciarse en la sentencia definitiva, ejercitando una potestad que ya había precluído, debiendo tenerse por firmes y consentidas las providencias que la propia Cámara dictara sustanciando el recurso y más allá de la oportunidad prevista para su pronunciamiento de admisibilidad, aún cuando la contraria intente prevalerse de la Ley 4179, peticionando su aplicación en el escrito de contestación de agravios de la apelación y por ende, también extemporáneamente y pasando por alto su consentimiento al procedimiento que luego pretende revertir o desconocer. (Del voto de la Dra.Sesto de Leiva-en disidencia parcial).

Sumarios

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Casación N° 32/09