CORTE DE JUSTICIA • BARRIONUEVO, Carlos Raúl; ORTÍZ, Franco Matías y otros c. MUNICIPALIDAD DE RECREO - INTENDENTE MUNICIPAL DE RECREO s/ Amparo • 09-09-2016

VocesACCIÓN DE AMPARO- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA- MEDIDA CAUTELAR- CRITERIO RESTRICTIVO DE ADMISIÓN- AUSENCIA DE JUSTIFICACIÓN PARA OTORGARLA- BREVEDAD DE LOS PLAZOS EN EL AMPARO- RECHAZO DE LA MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA.
Texto La petición cautelar no resulta de recibo conforme a la pacifica jurisprudencia de este Superior Tribunal de que, las medidas tendientes a suspender los efectos de leyes o actos administrativos debe juzgarse con criterio sumamente restrictivo en atención a la presunción de legitimidad y ejecutoriedad que ampara a los actos de los poderes públicos (Conf.: S.I. Nº 223/98; Nº 168/99; Nº 92/99; 95/00, 234/00, entre muchas otras), por lo que sólo resultan admisibles cuando además de la existencia de los requisitos legales comunes, verosimilitud del derecho, peligro en la demora y contracautela, concurran requisitos específicos como daño irreparable, ilegalidad manifiesta e indudables razones de interés público y en el caso, analizadas las constancias de autos, la justificación en la fundamentación de la medida por parte del accionante de los requisitos propios de la tutela impetrada, no alcanzan a justificar las razones de orden público que justificarían su otorgamiento en este fuero contenciosoadministrativo y la irreparabilidad del daño, omisión que este Tribunal no se encuentra habilitado para remediarla o inferirla ex officio, por constituir carga del interesado exponerlos en forma clara y precisa.-

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • BARRIONUEVO, Carlos Raúl; ORTÍZ, Franco Matías y otros c. MUNICIPALIDAD DE RECREO - INTENDENTE MUNICIPAL DE RECREO s/ Amparo • 09-09-2016
    Por imperio de expresas normas constitucionales -Art.204 de la Constitución Provincial-, jurisprudencia de este Tribunal, y reforma del Art.4 de la Ley de Amparo por Ley 4998, al implicar materia contencioso administrativa la cuestión planteada corresponde declarar la jurisdicción y competencia de la Corte de Justicia para entender en autos, y dado que el acto administrativo objeto . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • BARRIONUEVO, Carlos Raúl; ORTÍZ, Franco Matías y otros c. MUNICIPALIDAD DE RECREO - INTENDENTE MUNICIPAL DE RECREO s/ Amparo • 09-09-2016
    La petición cautelar no resulta de recibo conforme a la pacifica jurisprudencia de este Superior Tribunal de que, las medidas tendientes a suspender los efectos de leyes o actos administrativos debe juzgarse con criterio sumamente restrictivo en atención a la presunción de legitimidad y ejecutoriedad que ampara a los actos de los poderes públicos (Conf.: S.I. Nº 223/98; Nº 168/99; Nº 92/99; . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Interlocutoria N° 175/16