CORTE DE JUSTICIA • GRECO, Alfredo E. c. VICARIO, René Antonio s/ Ejecución de Honorarios – CASACION • 02-08-2010

VocesPROHIBICION DEL ANATOCISMO-HIPOTESIS DE EXCEPCION-ANALISIS DE LA REALIDAD ECONOMICA-PRESERVACION DEL CREDITO DEL ACREEDOR-VALORACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS FACTICAS DE CADA CASO SOMETIDO A DECISION JUDICIAL: FUNDAMENTO- FALTA DE IMPUGNACION DIRECTA AL ARGUMENTO CENTRAL DEL FALLO: EFECTOS-IMPOSIBILIDAD DE REVISION MEDIANTE EL RECURSO DE CASACION-
TextoCompartible o no, el examen circunstanciado de la realidad económica aplicada a la situación acontecida en autos que realiza la alzada, para así arribar a una solución que atienda a la capitalización de intereses como modo de integración de un capital desfasado por la inflación, la mora, o por el solo transcurso del tiempo, variable ésta en la que los Sres. Camaristas ponen énfasis -"deuda de más de diez años"-, no ha sido rebatida en el recurso. Lo hasta aquí expuesto no implica de ninguna manera que estoy postulando la capitalización de intereses, pues estimo que con ello también se afectaría la realidad económica; pero sí, llegado el caso, estoy por el justo valor de la deuda, pues de lo contrario, no solo se afectaría la realidad económica, sino también la intangibilidad del crédito, la expectativa de conservación patrimonial y de lucro que asiste al acreedor. Pero para ello, lógicamente, se requiere del análisis caso por caso, pues el presupuesto fáctico resulta relevante en cada situación particular y en la especie, por lo ya referido, deviene injustificado entrar a desentrañar si la capitalización de intereses es o no el método o el instrumento correcto para lograr que el actor perciba el monto real de su crédito. La insuficiencia señalada en el discurso recursivo no brinda a este Tribunal la posibilidad de revisión del pronunciamiento. Y por ello es, a mi parecer, que en estos temas no se puede dejar de realizar este examen circunstanciado de la causa y de lo acontecido en el ámbito económico, a fin de resguardar esa indefectible adecuación del resultado cuantitativo del fallo a pautas lógicas y razonables, para dar a la perspectiva de la capitalización el rango que realmente tiene, vale decir, el de un elemento más (dentro de otros posibles) para lograr ese resultado justo, pero integrándolo con otros posibles que, sin agraviar ni el principio de congruencia ni el texto de la ley, permita hacer justicia en el caso concreto, sin que las opciones extremas sean el beneficio indebido del deudor o el enriquecimiento sin causa del acreedor.

Sumarios

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    La parte ejecutada interpone recurso de casación en contra de la Sentencia dictada por la Cámara de Apelación que revoca el decisorio de Primera Instancia y aprueba la planilla en la que se capitalizan los intereses. Liminarmente iniciaré el examen del escrito recursivo, puesto que su lectura con mayor detenimiento en este momento de dictar sentencia es decisiva para la admisibilidad . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • GRECO, Alfredo E. c. VICARIO, René Antonio s/ Ejecución de Honorarios – CASACION • 02-08-2010
    Siguiendo con el análisis del contexto del recurso de casación planteado, no puedo dejar de señalar la insuficiencia que el mismo revela. Tal deficiencia se advierte configurada en la orientación de la crítica a un segmento del fallo, dejando incólume el resto de los fundamentos que igualmente resultan de primordial importancia como sustento de la decisión atacada. Y así, al omitir impugnar . . .
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    El recurrente nada dice en relación a la tendencia de la jurisprudencia a partir del 1 de abril 1991 que argumenta el fallo a fin de aceptar la capitalización de intereses como modo de "lograr un adecuado resarcimiento de los daños, en una época en la que rigen prohibiciones de reajuste económico…". Este argumento consignado por la alzada, de ineludible consideración a fin de justificar la . . .
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    Compartible o no, el examen circunstanciado de la realidad económica aplicada a la situación acontecida en autos que realiza la alzada, para así arribar a una solución que atienda a la capitalización de intereses como modo de integración de un capital desfasado por la inflación, la mora, o por el solo transcurso del tiempo, variable ésta en la que los Sres. Camaristas ponen énfasis -"deuda . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • GRECO, Alfredo E. c. VICARIO, René Antonio s/ Ejecución de Honorarios – CASACION • 02-08-2010
    Es oportuno destacar que el tema de la capitalización de intereses no es pacífico en el ámbito del derecho. Existen posiciones enfrentadas -de hecho el fallo se apoya en una- y tanto la doctrina como la jurisprudencia continúan actualmente debatiendo la cuestión. La disparidad de opiniones se suscita también en la esfera del mas Alto Tribunal del país, viene oportuno, solo . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Casación N° 07/10