CORTE DE JUSTICIA • ÁVALOS, Carlos Antonio (Carácter Curador de Ávalos, Pablo Germán) c. OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS (O.S.E.P.) s/ Acción de Amparo • 04-11-2016

VocesRECURSO DE AMPARO- PRESTACIONES BÁSICAS A FAVOR DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. OBLIGACIONES A CARGO DE LA OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA (OSEP) IMPUESTAS POR LA LEY- REINTEGRO DE LO ABONADO POR EL BENEFICIARIO- FALTA DE JUSTIFICACIÓN DE LA NEGATIVA DE LA PRESTADORA DE SALUD A BRINDAR COBERTURA-ORDENAR A LA OBRA SOCIAL A BRINDAR COBERTURA Y REINTEGRO DE GASTOS-.
Texto Toda vez que de la legislación vigente (Leyes Provinciales Nº 4848y 5420 de adhesión a la Ley Nacional Nº 24.901 sobre "Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las Personas con Discapacidad"), surge la clara y estricta obligación que tienen las obras sociales de brindar la protección integral a la persona con discapacidad, describiendo expresamente lo solicitado por el amparista, y considerando además que en el caso, O.S.E.P no puede apartarse de obligaciones impuestas por la ley-cuando los presupuestos fácticos de necesidad de la asistencia de un acompañante terapéutico para el paciente han sido probados en autos, propongo a mis colegas, ordenar a la Obra Social de los Empleados Públicos la cobertura integral del Servicio de Acompañante Terapéutico al afiliado, más la cobertura vía reintegro de lo abonado por el servicio a favor del actor. (Del voto de la Dra. Sesto, al que adhieren los Dres. Cáceres y Cippitelli).

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • ÁVALOS, Carlos Antonio (Carácter Curador de Ávalos, Pablo Germán) c. OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS (O.S.E.P.) s/ Acción de Amparo • 04-11-2016
    Toda vez que de la legislación vigente (Leyes Provinciales Nº 4848y 5420 de adhesión a la Ley Nacional Nº 24.901 sobre "Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las Personas con Discapacidad"), surge la clara y estricta obligación que tienen las obras sociales de brindar la protección integral a la persona con discapacidad, describiendo expresamente . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 37/16