CORTE DE JUSTICIA • CERAMICA VALLE VIEJO SRL c. Banco de la Provincia de Buenos Aires s/ Concurso Preventivo (Bco. de la Provincia de Buenos Aires en autos Expte. Nº 019/06) s/ Recurso de Revisión s/ RECURSO DE CASACION • 17-08-2016
Voces | RECURSO DE CASACIÓN- DEPÓSITO DE LEY- INCUMPLIMIENTO- RECHAZO DEL RECURSO. |
---|---|
Texto | Constituye jurisprudencia permanente de ésta Corte que los requisitos formales previstos legalmente deben estar cumplidos al momento de la interposición del recurso, por tanto la omisión de efectuar el depósito previsto en el art. 300 del C.P.C.C. y la falta de invocación de alguna de las causas de excepción previstas en el art. 302 del mismo cuerpo hacen inoficiosa la presentación realizada por el recurrente, y así debe ser declarada. |
Sumarios
- CORTE DE JUSTICIA • CERAMICA VALLE VIEJO SRL c. Banco de la Provincia de Buenos Aires s/ Concurso Preventivo (Bco. de la Provincia de Buenos Aires en autos Expte. Nº 019/06) s/ Recurso de Revisión s/ RECURSO DE CASACION • 17-08-2016
Constituye jurisprudencia permanente de ésta Corte que los requisitos formales previstos legalmente deben estar cumplidos al momento de la interposición del recurso, por tanto la omisión de efectuar el depósito previsto en el art. 300 del C.P.C.C. y la falta de invocación de alguna de las causas de excepción previstas en el art. 302 del mismo cuerpo hacen inoficiosa la presentación realizada . . .
Votos
- -
Materias
- -
Normativas
- -