CORTE DE JUSTICIA • GARAY, Marcelo Antonio del Valle c. PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA - DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASISTENCIA SANITARIA - SUBSECRETARÍA DE ASISTENCIA EN SALUD PÚBLICA s/ Acción de Amparo • 22-10-2012

VocesFUERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- EMPLEO PUBLICO-FACULTADES DISCIPLINARIAS DE LA ADMINISTRACION- INICIACION DE SUMARIO ADMINISTRATIVO-SUSPENSIÓN DE HABERES Y FUNCIONES-IMPUGNACIÓN DE LA DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA MEDIANTE ACCION DE AMPARO: IMPROCEDENCIA; FUNDAMENTO-NECESIDAD DE MAYOR DEBATE Y PRUEBA-INEXISTENCIA DE ARBITRARIEDAD E ILEGALIDAD MANIFIESTAS-RECHAZO DE LA ACCION
TextoEl actor promueve acción de amparo en contra del Poder Ejecutivo de la Provincia -Dirección Provincial de Asistencia Sanitaria- Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública- persiguiendo se declare la inconstitucionalidad de los actos y resoluciones por las que se ordena la instrucción del sumario administrativo con suspensión de haberes y de funciones. A través de esta acción excepcional, se solicita se deje sin efecto la Disposición Nº01/12 mediante la cual el Director Provincial de Asistencia Sanitaria del Ministerio de Salud, dispone instruir sumario administrativo con suspensión de funciones y de haberes en contra del recurrente, quien se desempeñaba como medico anestesista en el hospital de Recreo Área Programática Nº8 de nuestra Provincia. En orden a demostrar los vicios que le endilga a la Disposición, aduce que la medida es arbitraria por que le impone como condición para regularizar su situación en la Administración Pública Provincial, la renuncia al cargo que detentaba en la Provincia de Santiago del Estero, cuando ha quedado debidamente probado que no percibe haberes de aquella Provincia, dado que su relación de empleo se halla extinguida. No obstante ello, seguidamente reconoce, que aquella administración instruyó en su contra sumario administrativo en el que Fiscalía de Estado determinó que correspondía dejarlo cesante, razón por la cual se vio obligado a deducir los reclamos de rigor, los que al día de la fecha no fueron resueltos por la autoridad competente. Tomando en cuenta ello, he de señalar como primera cuestión la falta de acreditación del requisito insoslayable de la acción interpuesta, pues se sabe el amparo no procede si el recurrente no logra demostrar en forma clara e inequívoca y sin necesidad de un profundo estudio de los hechos, ni de un amplio debate y prueba, la ilicitud de la conducta lesiva. En el sub-examine infiero, que la cuestión amerita mayor debate y prueba, que la oportunidad del amparo puede brindar, pues no surge a mi juicio la contradicción evidente o manifiesta entre la conducta lesiva y el ordenamiento jurídico, dado que, según relata el actor y surge de los términos de la resolución cuestionada, el agente fue citado en pos de salvaguardar sus derechos constitucionales. De modo que, las circunstancias excepcionales que se requieren para la apertura de esta vía, no se vislumbran en el caso de autos, en el que el recurrente aduce que su vínculo con la Provincia de Santiago del Estero se encuentra extinguida, y a renglón seguido reconoce que al día de la fecha la autoridad competente no resolvió su situación. De allí que, la arbitrariedad o ilegalidad no surge de modo manifiesto, si la autoridad administrativa procuró resguardar la situación del recurrente exigiéndole el cumplimiento de un requisito que no restringe en principio derechos constitucionales. De modo que no resulta posible al menos en este acotado trámite en el que el recurrente omite acompañar elementos de juicios relevantes, cuestionar el régimen legal de incompatibilidades, habida cuenta de las facultades que tiene el Estado para establecer una adecuada reglamentación del empleo público. Lo dicho me permite concluir, que el proceder de la Administración no deviene irrazonable, razón por la cual propongo el rechazo de la acción interpuesta.

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • GARAY, Marcelo Antonio del Valle c. PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA - DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASISTENCIA SANITARIA - SUBSECRETARÍA DE ASISTENCIA EN SALUD PÚBLICA s/ Acción de Amparo • 22-10-2012
    El actor promueve acción de amparo en contra del Poder Ejecutivo de la Provincia -Dirección Provincial de Asistencia Sanitaria- Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública- persiguiendo se declare la inconstitucionalidad de los actos y resoluciones por las que se ordena la instrucción del sumario administrativo con suspensión de haberes y de funciones. A través de esta acción excepcional, . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 29/12