CORTE DE JUSTICIA • MUÑOZ, Rosa Cleotilde c. MUNICIPALIDAD DE TINOGASTA s/ Acción de Amparo por Mora • 21-10-2010

VocesAMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION:FINALIDAD;ALCANCE-PRONTO DESPACHO JUDICIAL ANTE LA MORA OBJETIVA EN PRONUNCIARSE- DICTADO DEL ACTO EXPRESO
TextoEn una acción de amparo por mora de la administración, una vez constatada dicha demora, solo se ordena a la Administración que conteste formalmente dicha petición, pero de ningún modo se determina el sentido de ese pronunciamiento, toda vez que no corresponde evaluar la mayor o menor verosimilitud del reclamo que plantea el administrado, puesto que, aun cuando éste fuere improcedente, ello no exime a la Administración de contestarlo.

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • MUÑOZ, Rosa Cleotilde c. MUNICIPALIDAD DE TINOGASTA s/ Acción de Amparo por Mora • 21-10-2010
    La indicación efectuada por el Organismo requerido en su informe respecto a lo que debió realizar el administrado como consecuencia de su propio silencio, es facultad exclusiva y opcional del interesado. En ese orden la acción de amparo por mora es la antítesis del silencio administrativo, en tanto la primera procura un acto expreso y por el segundo el particular trata de desentenderse . . .
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    La actora, por derecho propio, deduce amparo por mora en contra de la Municipalidad de Tinogasta a fin de que la Intendencia del Municipio se expida en relación a su reclamo administrativo presentado el 9/9/09, referido a la solicitud de pago de salarios caídos, la revocación en Sede Administrativa de los Decretos Nº25/07, 31/07 y 43/08, y el inmediato e íntegro cumplimiento en el ámbito de la . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • MUÑOZ, Rosa Cleotilde c. MUNICIPALIDAD DE TINOGASTA s/ Acción de Amparo por Mora • 21-10-2010
    En una acción de amparo por mora de la administración, una vez constatada dicha demora, solo se ordena a la Administración que conteste formalmente dicha petición, pero de ningún modo se determina el sentido de ese pronunciamiento, toda vez que no corresponde evaluar la mayor o menor verosimilitud del reclamo que plantea el administrado, puesto que, aun cuando éste fuere improcedente, ello . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 23/10