CORTE DE JUSTICIA • MONLLAU, Antonio Bernabé c. ESTADO PROVINCIAL s/ Acción de Amparo • 21-12-2011

VocesJUBILADO -DERECHOS ADQUIRIDOS:FUNDAMENTO- PRINCIPIO BASICO DEL SISTEMA PREVISIONAL ARGENTINO-PROPORCIONALIDAD EN LOS HABERES DE ACTIVIDAD Y PASIVIDAD-NATURALEZA SUSTITUTIVA DE LA JUBILACIÓN-CONTENIDO
TextoLos derechos adquiridos a que hace referencia la actora-jubilado provincial- en su demanda, no nacen de las liquidaciones que acompaña como documental, sino antes bien, en virtud del principio elemental y básico que sustenta el sistema previsional argentino, que refiere a la necesaria proporcionalidad que debe existir entre el haber de pasividad y el de actividad, que no es más que responder al principio de naturaleza sustitutiva que cabe reconocer al primero respecto del segundo. En esta línea de pensamiento, podemos aseverar que si un empleado se acoge al beneficio previsional en una época en que no existía el ítem antigüedad, no por ello podemos afirmar que a ese jubilado no le corresponde que se le liquide ese adicional y se le compute en su haber de pasividad. Del mismo modo, “mutatis mutandi” debe dejar de computarse en el haber previsional un ítem que deja de ser percibido por el empleado en actividad.

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • MONLLAU, Antonio Bernabé c. ESTADO PROVINCIAL s/ Acción de Amparo • 21-12-2011
    Este Alto Tribunal ha sostenido en varias oportunidades, en consonancia con pacífica y reiterada jurisprudencia y doctrina que, aún mediando ausencia de un acto administrativo expreso, existiendo un acto con virtualidad suficiente como para lesionar, restringir, alterar o amenazar algún derecho del recurrente, la acción de amparo es viable siempre que no exista otro medio judicial más idóneo . . .
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    Se promueve acción de amparo en contra del Estado Provincial, persiguiendo se deje sin efecto la decisión de la OPAP -Oficina Provincial de Asuntos Previsionales dependiente del Ministerio de Economía-, dado que a partir del mes de Febrero de 2011 se liquidaron sus haberes jubilatorios correspondientes a la asignación complementaria mensual con una sensible disminución -más de un 50% -. En autos, . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • MONLLAU, Antonio Bernabé c. ESTADO PROVINCIAL s/ Acción de Amparo • 21-12-2011
    Los derechos adquiridos a que hace referencia la actora-jubilado provincial- en su demanda, no nacen de las liquidaciones que acompaña como documental, sino antes bien, en virtud del principio elemental y básico que sustenta el sistema previsional argentino, que refiere a la necesaria proporcionalidad que debe existir entre el haber de pasividad y el de actividad, que no es más que responder al . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • MONLLAU, Antonio Bernabé c. ESTADO PROVINCIAL s/ Acción de Amparo • 21-12-2011
    Resulta necesario en esta instancia efectuar algunas consideraciones relacionadas con el tope de los haberes previsionales, ya que ésta parece ser la fuente de las inquietudes que mueven al Organismo Previsional local- OPAP- a modificar los montos de las jubilaciones, enancado en las previsiones del Art.141 de la Constitución Provincial que establece: “la remuneración que perciba el Gobernador . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 13/11