CORTE DE JUSTICIA • CARRIZO, Andrea Soledad c. ESTADO PROVINCIAL s/ Acción de Amparo • 08-11-2011

VocesFUERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- ACCION DE AMPARO:REQUISITOS DE VIABILIDAD-AUSENCIA DE ACTO ADMINISTRATIVO EXPRESO-ACTO LESIVO DE DERECHOS CONSTITUCIONALES-ARTICULO 43 DE LA CONSTITUCION NACIONAL:INTERPRETACIÓN -EFECTOS EN EL FUERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-INNECESARIEDAD DEL PREVIO AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA PREVIA A AL ACCIÓN JUDICIAL:ALCANCES
TextoEste Alto Tribunal ha sostenido en varias oportunidades, en consonancia con pacífica y reiterada jurisprudencia y doctrina que, aún mediando ausencia de un acto administrativo expreso, existiendo un acto con virtualidad suficiente como para lesionar, restringir, alterar o amenazar algún derecho del recurrente, la acción de amparo es viable siempre que no exista otro medio judicial más idóneo y está previsto contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares que en forma actual o inminente alteren derechos de raigambre constitucional. Comparto, como ya lo he sostenido en casos precedentes, la interpretación respecto al nuevo Art.43 de la Constitución Nacional reformada que, si bien cierta doctrina considera que la norma mencionada mantiene un núcleo lamentablemente restrictivo, es decir, el carácter de manifiesta ilegalidad o arbitrariedad que ha de tener la conducta lesiva, libera al amparo de las vías administrativas previas y permite un accionar expedito. En consecuencia, se puede conceder que, por lo menos en lo atinente a las vías administrativas, se trata de un escollo que, a la luz de la presente vigencia del artículo referido, ha perdido gravitación.

Sumarios

  • CORTE DE JUSTICIA • CARRIZO, Andrea Soledad c. ESTADO PROVINCIAL s/ Acción de Amparo • 08-11-2011
    La actora, mediante letrado patrocinante, inicia Acción de Amparo en contra del Estado Provincial, peticionando se deje sin efecto el Art.2 de la Resolución Ministerial Nº265 que dispone la suspensión preventiva sin limitación temporal de la actora y se ordene su reincorporación al trabajo. De autos se desprende que la instrucción del Sumario Administrativo se ordenó el 17 de Mayo de . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • CARRIZO, Andrea Soledad c. ESTADO PROVINCIAL s/ Acción de Amparo • 08-11-2011
    Adhiero a la relación de causa y a la solución propiciada por la colega que habilita el Acuerdo y emito mi voto en idéntico sentido. Sin embargo, voy a permitirme acentuar que por la presente acción, la amparista pretende se deje sin efecto el Art.2 de la Resolución Ministerial Nº265 de fecha 17 de Mayo del 2010, que dispone su suspensión preventiva hasta tanto dure la instrucción sumarial. . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • CARRIZO, Andrea Soledad c. ESTADO PROVINCIAL s/ Acción de Amparo • 08-11-2011
    Adhiero a la relación de causa y la solución propiciada por quien lleva la voz en el Acuerdo, entendiendo así que la arbitrariedad manifiesta se configura en la presente causa por el excesivo plazo transcurrido sin que la Administración se expida resolviendo la situación planteada respeto a la recurrente. En tal sentido, encuentro configurados los presupuestos que deben darse para que proceda . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • CARRIZO, Andrea Soledad c. ESTADO PROVINCIAL s/ Acción de Amparo • 08-11-2011
    Este Alto Tribunal ha sostenido en varias oportunidades, en consonancia con pacífica y reiterada jurisprudencia y doctrina que, aún mediando ausencia de un acto administrativo expreso, existiendo un acto con virtualidad suficiente como para lesionar, restringir, alterar o amenazar algún derecho del recurrente, la acción de amparo es viable siempre que no exista otro medio judicial más idóneo . . .

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 12/11