CORTE DE JUSTICIA • SILVA, Juan Carlos c. ESTADO PROVINCIAL s/ Acción Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción y/o Ilegitimidad y/o Anulación • 16-03-2014

VocesCARRERA DOCENTE-ASCENSOS:FORMA-CONCURSO DE ANTECEDENTES-INEXISTENCIA- RESOLUCION MINISTERIAL QUE DEJA SIN EFECTO RECATEGORIZACION Y TRASLADO-ACCION DE PLENA JURISDICCION:RECHAZO DE LA DEMANDA
TextoSe interpone acción contencioso administrativa de Plena Jurisdicción en contra del Ministerio de Educación, cuestionándose la Resolución Ministerial Nº148 que dejó sin efecto la Resolución Ministerial N°565/09 por la que se concedía traslado al actor y se corregía la categoría docente de cuarta a tercera. Ingresando al fondo de la cuestión litigiosa el reclamo del actor, es que se le reconozca el cargo de director de tercera categoría y no de cuarta como lo hace la Resolución impugnada, el pago de adicionales y se condene al Estado a la reparación pecuniaria de los daños y perjuicios. Se debe tener presente que los ascensos en la carrera docente se pueden dar en dos hipótesis: por regla general, mediante concurso de antecedentes, según lo estipulado por el Art.26 del Estatuto del Docente. En relación a la hipótesis de recategorización por concurso de antecedentes, no obra en autos constancia documental que tal ascenso por concurso se haya producido, pretendiendo valerse para probar su supuesto derecho en recibos de sueldo que algunas veces consignan la cuarta categoría y otras la tercera, en el acta ya analizada o en una certificación de servicios y que fueran origen de la Resolución Ministerial impugnada e indujeran a la errónea consignación de la categoría. Lo que nos lleva a observar que el error material se hubiera podido evitar, y con ello, el dispendio jurisdiccional presente, si los funcionarios educativos involucrados, a su turno hubieran realizado una prolija compulsa acerca de la existencia o no del Acto Administrativo originario de ascenso, cuya ausencia resulta palmaria en autos, circunstancia cuyo desconocimiento no puede alegar el actor, tan preocupado en todo momento por su categoría funcional y sus consecuencias jurídicas, debiendo advertir el error de consignación en su recibo de sueldo, en la certificación de servicios que el mismo solicitó o exigiendo a la supervisora que lo ponía en posesión en un cargo distinto al que revistaba, la resolución de la superioridad que autorizaba el acto que el también suscribió. Por todo lo expuesto, considero que al Acto Administrativo cuestionado en autos, no le caben los reproches que se le endilgan y goza de razonabilidad suficiente, por lo que cabe el rechazo de la acción intentada; igual solución corresponde a la petición de reconocimiento de adicionales pues las resoluciones denegatorias dictadas por la demandada se encuentran firmes de acuerdo a las constancias de autos-expediente administrativo-.

Sumarios

Votos

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Materias

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Normativas

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Sentencia Definitiva N° 7/14