CORTE DE JUSTICIA • ORIOLI, Hugo del Rosario c. ESTADO PROVINCIAL s/ Acción de Nulidad y Plena Jurisdicción • 20-03-2012

VocesFUERO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO-LICITACIÓN PÚBLICA-DECRETO DE ADJUDICACIÓN-FALTA DE MOTIVACIÓN:INEXISTENCIA- LIBERTAD DEL PROCESO VALORATIVO-LÍMITES DE LA DISCRECIONALIDAD:CUMPLIMIENTO DEL PROCESO-
TextoEn referencia a la ausencia de motivación que el recurrente le endilga al decreto de adjudicación, lo importante en este punto es poder determinar si la decisión que se examina es o no jurídicamente correcta desde el punto de vista sustantivo. En el caso, advierto claramente cuáles han sido las razones reales que ha llevado a la Administración a decidir en la forma en que lo hizo, luego de haber recorrido un procedimiento en el que se han cumplido rigurosamente los pasos legales. Así la selección del contratista que resultó más conveniente a los intereses del Estado se encuadró en el marco de los principios generales del derecho, los cuales al operar como límites jurídicos negativos de la discrecionalidad, no podían por ende ser violados; empero creo que, fuera de ese condicionamiento, el proceso valorativo es libre y en él la autoridad administrativa despliega su potestad gestora del interés público. (Del voto del Dr. Cáceres, por la mayoría)

Sumarios

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    Se presenta el actor, por intermedio de apoderado, deduciendo demandada contenciosa administrativa de plena jurisdicción en contra del Estado Provincial. El actor persigue, a través de la presente acción, que se declare la nulidad del Decreto Nº 824/06 mediante el cual el Poder Ejecutivo Provincial adjudicó la obra Estación Transformadora Saujil, Dpto. Pomán a otra empresa oferente, reclamando . . .
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    Se presenta el actor, por intermedio de apoderado, deduciendo demandada contenciosa administrativa de plena jurisdicción en contra del Estado Provincial. El actor persigue, a través de la presente acción, que se declare la nulidad del Decreto Nº 824/06 mediante el cual el Poder Ejecutivo Provincial adjudicó la obra Estación Transformadora Saujil, Dpto. Pomán a otra empresa oferente, reclamando . . .
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    El particular que concurre a una licitación es "colaborador" de la Administración en la gestión del bien común. Con ese objetivo y en procura de evitar la continuidad de un trámite en el que se presentan ofertas que pueden apartarse de las exigencias específicas de los pliegos, se prevé como medios de protección de los distintos oferentes la posibilidad de presentar observaciones, reclamaciones . . .
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    En referencia a la ausencia de motivación que el recurrente le endilga al decreto de adjudicación, lo importante en este punto es poder determinar si la decisión que se examina es o no jurídicamente correcta desde el punto de vista sustantivo. En el caso, advierto claramente cuáles han sido las razones reales que ha llevado a la Administración a decidir en la forma en que lo hizo, luego de haber . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • ORIOLI, Hugo del Rosario c. ESTADO PROVINCIAL s/ Acción de Nulidad y Plena Jurisdicción • 20-03-2012
    Se presenta el actor, por intermedio de apoderado, deduciendo demandada contenciosa administrativa de plena jurisdicción en contra del Estado Provincial. El actor persigue, a través de la presente acción, que se declare la nulidad del Decreto Nº 824/06 mediante el cual el Poder Ejecutivo Provincial adjudicó la obra Estación Transformadora Saujil, Dpto. Pomán a otra empresa oferente, reclamando . . .
  • CORTE DE JUSTICIA • ORIOLI, Hugo del Rosario c. ESTADO PROVINCIAL s/ Acción de Nulidad y Plena Jurisdicción • 20-03-2012
    En relación al Acto Administrativo, como elemento esencial del mismo, autorizada doctrina ha dicho que: “La motivación del acto, contenida dentro de lo que usualmente se denominan los considerandos del Acto, es una declaración de cuales son las circunstancias de hecho y de derecho que han llevado a su emanación, o sea los motivos o presupuestos del Acto, constituye por lo tanto la fundamentación . . .

Votos

    -

Materias

    -

Normativas

    -

Sentencia Definitiva N° 3/12