Texto | SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Sesenta y uno.-
San Fernando del Valle de Catamarca, 19 de abril de 2017.-
Y VISTOS:
Estos autos Corte Nº 089/2016 "CONCHA, Guillermina Gladys y AREVALO, Ramón Oscar - c/ SANTANGELO, Luis Antonio y Otros - s/ Daños y Perjuicios - s/ RECURSO DE CASACIÓN", y
CONSIDERANDO:
Que a fs.39, de estos autos, y conforme lo normado por el Art.103 in fine de la Ley Orgánica del Poder Judicial, siendo un hecho de público y notorio la asunción de los Sres. Ministros titulares de la Corte de Justicia, Dres. Vilma Juana Molina y Carlos Miguel Figueroa Vicario, se notifica Ministerio Legis.-
A fs.40, la Sra. Ministra, Dra. Vilma Juana Molina, solicita su apartamiento por encontrarse comprendida en las previsiones del Art.17 inc.7º del CPCC por haber concurrido, conforme las constancias que obran en autos, a emitir sentencia (fs.532/534 III cuerpo del Expte. Cámara Nº 086/14) como Juez de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial de Minas y del Trabajo de Tercera Nominación. En virtud de ello, se excusa de entender en la presente causa con fundamento en lo normado por el Art.30 del Código citado.-
A fs.41, el Dr. Carlos Miguel Figueroa Vicario, se avoca al conocimiento de la presente causa.-
A fs.42 y en atención a las constancias de autos, para entender de la excusación formulada por la Sra. Ministra, Dr. Vilma Juana Molina, por Secretaría se procede a integrar el Tribunal conforme lo determina la Acordada Nº 4151/10.-
A fs.43, a fin de la integración del Tribunal, y en cumplimiento con lo dispuesto por Acordada Nº 4151/2010 -punto cuarto-, se procede al sorteo a los efectos de la designación de un miembro de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minas de Primera Nominación, resultando desinsaculada la bolilla Nº 3, correspondiente al Dr. Julio Eduardo Bastos.-
Que siendo de recibo las razones invocadas en la inhibición que se formula y conforme a las previsiones de los Arts.17 inc.7º) y 30 del Código Procesal Civil y Comercial,
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1) Hacer lugar a la inhibición formulada a fs.40 por la Sra. Ministra, Dra. Vilma Juana Molina quedando el Tribunal integrado con los suscriptos.-
2) Protocolícese, hágase saber y prosigan los autos según su estado.-
Fdo.: Dres. Luis Raúl Cippitelli (Presidente), Amelia del Valle Sesto de Leiva (Ministro), Carlos Miguel Figueroa Vicario (Ministro), José Ricardo Cáceres (Ministro), Julio Eduardo Bastos (Ministro), Esc. Elsa Lucrecia Arce (Secretaria - Corte de Justicia)
|