Texto | SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Doscientos diez.-
San Fernando del Valle de Catamarca, 27 de octubre de 2015.-
Y VISTOS:
Estos autos Corte Nº 053/2011 "BRIZUELA, Ramón Antonio - c/ INSTITUTO PCIAL. DE LA VIVIENDA Y ESTADO PROVINCIAL - s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración", y
CONSIDERANDO:
Lo resuelto por esta Corte de Justicia a fs.20, mediante Decreto de fecha 11 de julio de 2011 y atento lo normado por los Arts.3 de la Ley 2725 y 56 de la Ley 3956,
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1) Remitir la presente causa al Archivo Judicial y Notarial del Poder Judicial, a los fines de su archivo y posterior incineración, luego de cumplido el término de veinte años y previo estudio de la Comisión respectiva.-
2) Protocolícese y hágase saber.-
Fdo: Dres. José Ricardo Cáceres (Presidente), Luis Raúl Cippitelli (Ministro Decano), Amelia del Valle Sesto de Leiva (Ministro Vicedecano). Ante mi: Esc. Elsa Lucrecia Arce (Secretaria - Corte de Justicia).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - |