Sentencia Interlocutoria N° 151/15
CORTE DE JUSTICIA • WALTHER, Rocío y Otros c. PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, MTRIO. DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA PCIA. DE CATAMARCA s/ Acción de Amparo • 31-08-2015

TextoSENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Ciento Cincuenta y Uno San Fernando del Valle de Catamarca, de agosto de 2015.- Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 031/2014 "WALTHER, Rocío y Otros - c/ PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, MTRIO. DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA PCIA. DE CATAMARCA - s/ Acción de Amparo”, traídos a despacho a fin de resolver sobre la petición de regulación de honorarios, y CONSIDERANDO: Que a fs.88 de estos autos, la Dra. María Verónica Ávila, patrocinante de la parte actora, solicita regulación de sus honorarios profesionales por los trabajos realizados en la causa.- A fs.40/58 la Sra. Rocío Walther y otros , promueven Acción de Amparo en contra del Poder Ejecutivo Provincial y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Catamarca, solicitando se revoque y se declare inconstitucional e inaplicable la Resolución Ministerial ECYT Nº 097/14.- Que a fs.78/84vta. obra Sentencia Definitiva Nº 15 de fecha 17 de junio de 2014, dictada por este Tribunal, por la cual se resuelve hacer lugar a la Acción de Amparo interpuesta con costas a la demandada.- Que al no existir una determinación pecuniaria del asunto sometido a la jurisdicción, corresponde analizar los otros aspectos que deben ser valorados a los fines de la regulación de honorarios, como son los aspectos jurídicos relativos a la importancia de los trabajos traducidos en calidad, extensión y éxito obtenido (Art.6 de la Ley Nº 3956) y lo resuelto mediante Acordada Nº 4183/11.- Siendo ello así, este Tribunal entiende que deben tenerse en cuenta las pautas establecidas en el Art.6 incs. b), c) y d) de la Ley Nº 3956 (de Honorarios) y Acordada Nº 4183/11 dictada por esta Corte de Justicia- Por todo ello, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1) Regular los honorarios profesionales de la Dra. María Verónica Ávila, por los trabajos realizados en la causa, en la suma de Pesos Cuatro Mil Quinientos Setenta y Uno con Cincuenta Centavos ($4.571,50).- 2) Protocolícese, hágase saber, notifíquese a la Caja Forense y a la Administración General de Rentas.- Fdo.: Dres. José Ricardo Cáceres (Presidente), Luis Raúl Cippitelli (Ministro Decano) Amelia del Valle Sesto de Leiva (Ministro Vice Decano), Ante mí: Esc. Elsa Lucrecia Arce (Secretaria) - Corte de Justicia".- - - - - - - - - - - - - -
MateriasentSentencia Interlocutoria Contencioso

Firmantes

  • Dr. JOSÉ RICARDO CÁCERES
  • Dr. LUIS RAUL CIPPITELLI
  • Dra. AMELIA DEL VALLE SESTO DE LEIVA
  • Esc. ELSA LUCRECIA ARCE

Sumarios