Texto | SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Ciento veintidós.-
San Fernando del Valle de Catamarca, 30 de junio de 2015.-
Y VISTOS:
Estos autos Corte Nº 074/2012 "MORENO AGUILERA, Noemí del Valle (por VALLE CABLE COLOR) - c/ MUNICIPALIDAD DE ANDALGALÁ y/o CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNIC. DE ANDALGALÁ - s/ Acción de Inconstitucionalidad", y
CONSIDERANO:
Lo resuelto por esta Corte de Justicia a fs.48/49 y vta., mediante Sentencia Interlocutoria Nº 253, de fecha 28 de diciembre de 2012, atento lo normado por los Arts.3 de la Ley 2725 y 56 de la Ley 3956,
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1) Remitir la presente causa al Archivo Judicial y Notarial del Poder Judicial, a los fines de su archivo y posterior incineración, luego de cumplido el término de veinte años y previo estudio de la Comisión respectiva.-
2) Protocolícese y hágase saber.-
Fdo: Dres. José Ricardo Cáceres (Presidente), Luis Raúl Cippitelli (Ministro Decano) y Amelia del Valle Sesto de Leiva (Ministro Vice Decano). Esc. Elsa Lucrecia Arce (Sec. en lo Contencioso Administrativo) - Corte de Justicia.-- |