Sentencia Interlocutoria N° 87/15
CORTE DE JUSTICIA • MARCHETTI, Osmar E. c. YMAD Servidumbres Mineras s/ Denuncia Trabajos no Autorizados -s/RECURSO DE CASACIÓN • 05-06-2015

TextoSENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Ochenta y Siete.- San Fernando del Valle de Catamarca,05 de junio de 2015 Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 016/2015: "MARCHETTI, Osmar E. en autos N° 106/88 - YMAD Servidumbres Mineras s/Denuncia Trabajos no Autorizados -s/RECURSO DE CASACIÓN", y- - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO: Que el recurso de casación interpuesto en contra de la sentencia dictada en los autos principales reúne, en principio, los requisitos establecidos al respecto por el art. 292 del Código Procesal Civil, sin que ello signifique abrir juicio respecto a los mismos, de las exigencias que hacen a la oportuna valoración en cuanto al tratamiento de su procebilidad.- Por ello, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1) Declarar formalmente admisible el recurso de casación interpuesto.- 2) Protocolícese, hágase saber y sigan los autos segun su estado.- - - Fdo: Dres. José Ricardo Cáceres (Presidente), Luis Raúl Cippitelli (Ministro Decano), Amelia del Valle Sesto de Leiva (Ministro Vicedecano) y Esc. Elsa Lucrecia Arce (Secretaria - Corte de Justicia).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
MateriasentSentencia Interlocutoria Contencioso

Firmantes

  • Dr. JOSÉ RICARDO CÁCERES
  • Dr. LUIS RAUL CIPPITELLI
  • Dra. AMELIA DEL VALLE SESTO DE LEIVA
  • Esc. ELSA LUCRECIA ARCE

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