Texto | SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Doce.-
San Fernando del Valle de Catamarca, 22 de Junio de 2020.-
Y VISTOS:
Estos autos Corte Nº 14/18 “PACHECO RUIZ, Sebastian Alejandro c/ LESCHINSKY, Daniel y/o LESCHINSKY, Héctor y/o GRIDO y/o Q.R.R. - s/ Beneficios Laborales - s/ RECURSO DE CASACION”, y- - - - - - - - - -
CONSIDERANDO:
Que a fs. 427 de los autos Expte. Nº 04/14 (Cám Nº 160/16) el apoderado de la parte actora, Dr. César Augusto Oviedo solicita regulación de los honorarios profesionales por su actuación en la instancia extraordinaria de casación, consistente en la contestación del recurso deducido por la parte demandada. A tal fin se ordena a fs. 429 elevar los autos a esta Corte de Justicia.- - - - - - - - - - - - - - -
Que conforme surge de los presentes autos, a fs. 25/27 se dictó Sentencia Definitiva Nº 14 de fecha 22/08/18, por la cual se resuelve rechazar el recurso de casación interpuesto por estimarlo formalmente inadmisible, con costas a la vencida.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Que la base a tener en cuenta para la regulación del Dr. César Augusto Oviedo, está dada por lo regulado en Sentencia Definitiva Nº 49/16, dictada por el Juzgado del Trabajo de Segunda Nominación, a fs. 263/277 vta., de los autos Expte. Nº 04/14 (Cám. Nº 160/16); posteriormente actualizada y cuantificada mediante planilla de fs. 422 la que fuera aprobada a fs. 426 y que asciende a la suma de PESOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUATRO ($88.304,00), la que se encuentra firme.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Que este Tribunal entiende que, conforme lo prescribe el art. 14 de la Ley Nº 3956/83, y el resultado obtenido, corresponde aplicar al apoderado de la parte actora el porcentaje del 25 % de dicho artículo al monto base señalado precedentemente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Por ello y conforme lo dispuesto por el art. 14, concordantes y correlativos de la Ley Nº 3956/83, 68 del CPCC.,
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1º) Regular los honorarios profesionales del Dr. Cesar Augusto Oviedo por los trabajos realizados en esta instancia, y en su doble carácter, en la suma de PESOS VEINTIDOS MIL SETENTA Y SEIS ($22.076,00).- - - - - -
2°) Protocolícese, hágase saber al obligado al pago, notifíquese a la Caja Forense y a la Dirección General de Rentas de la Provincia, oportunamente bajen los presentes autos al Juzgado Laboral de Segunda Nominación.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Presidente: Dra. Vilma Juana MOLINA.-
Dr. Carlos Miguel FIGUEROA VICARIO.-
Dr. José Ricardo CACERES.-
Dra. Amelia del Valle SESTO DE LEIVA.-
Dr. Luís Raúl CIPPITELLI.-
Secretaria: Dra. Cristina del Valle SALAS MARTINEZ.-
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