Texto | SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Setenta y Cuatro
San Fernando del Valle de Catamarca, 15 de mayo de 2014.-
Y VISTOS:
Estos autos Corte Nº 018/2015 "GONZALEZ RUZO, Carlos A. - c/ PROVINCIA DE CATAMARCA - s/ Acción Contencioso Administrativa", y
CONSIDERANDO:
Que a fs.10/15 de autos, el Dr. Carlos A. Gonzalez Ruzo, interpone Acción Contencioso Administrativa en contra de la Provincia de Catamarca.-
A fs.17 el Sr. Ministro titular de esta Corte de Justicia, Dr. Luis Raúl Cippitelli, se inhibe de entender en el presente proceso conforme lo reglado por el Art.16 del CPCC (Art.74 del CCA).-
Que siendo de recibo las razones invocadas en la inhibición que se formula y conforme a las previsiones de los Arts.14 y 16 del Código Procesal Civil y Comercial,
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1) Hacer lugar a la inhibición formulada a fs.17 por el Sr. Ministro, Dr. Luis Raúl Cippitelli, quedando el Tribunal integrado con los suscriptos.-
2) Protocolícese, hágase saber y prosigan los autos según su estado.-
Fdo: Dres. José Ricardo Cáceres (Presidente), Amelia del Valle Sesto de Leiva (Ministro), Enrique Ernesto Lilljedahl (Ministro Subrogante) y Esc. Elsa Lucrecia Arce (Secretaria) -(Corte de Justicia) |