Sentencia Interlocutoria N° 72/15
CORTE DE JUSTICIA • GARCIA ALVAREZ, María Griselda c. MINISTERIO DE EDUCACIÓN y/o ESTADO PROVINCIAL s/ Acción de Amparo por Mora • 14-05-2015

TextoSENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Setenta y dos.- San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de mayo de 2015.- Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 067/2014 "GARCIA ALVAREZ, María Griselda - c/ MINISTERIO DE EDUCACIÓN y/o ESTADO PROVINCIAL - s/ Acción de Amparo por Mora", traídos a despacho a fin de resolver sobre la petición de regulación de honorarios, y CONSIDERANDO: Que a fs.97 de estos autos, la Dra. María Griselda García Alvarez, solicita regulación de sus honorarios profesionales por los trabajos realizados en la causa.- A fs.5/6 la Dra. María Griselda García Alvarez, por derecho propio, interpone Acción de Amparo por Mora de la Administración en contra del Ministerio de Educación y/o Estado Provincial, en relación a las actuaciones de fecha 22/Dic/11 y 19/Feb/14 consistentes en el reclamo de reagrupamiento y recategorización por haber obtenido título profesional.- Que a fs.91/93, obra Sentencia Definitiva Nº 01 de fecha 05 de febrero de 2015, dictada por este Tribunal, por la cual se resuelve hacer lugar a la Acción de Amparo por Mora de la Administración interpuesta con costas a la demandada.- Que al no existir una determinación pecuniaria del asunto sometido a la jurisdicción, corresponde analizar los otros aspectos que deben ser valorados a los fines de la regulación de honorarios, como son los aspectos jurídicos relativos a la importancia de los trabajos traducidos en calidad, extensión y éxito obtenido (Art.6 de la Ley Nº 3956) y lo resuelto mediante Acordada Nº 4183/11.- Siendo ello así, este Tribunal entiende que deben tenerse en cuenta las pautas establecidas en el Art.6 incs. b), c) y d) de la Ley Nº 3956 (de Honorarios) y Acordada Nº 4183/11 dictada por esta Corte de Justicia- Por todo ello, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1) Regular los honorarios profesionales de la Dra. María Griselda García Alvarez, por los trabajos realizados en la causa, en la suma de Pesos Tres Mil Setecientos Diez con Sesenta Centavos($3.710,60).- 2) Protocolícese, hágase saber, notifíquese a la Caja Forense y a la Administración General de Rentas.- Fdo: Dres. José Ricardo Cáceres (Presidente), Luis Raúl Cippitelli (Ministro Decano), Amelia del Valle Sesto de Leiva (Ministro Vicedecano) y Esc. Elsa Lucrecia Arce (Secretaria - Corte de Justicia).- -
MateriasentSentencia Interlocutoria Contencioso

Firmantes

  • Dr. JOSÉ RICARDO CÁCERES
  • Dr. LUIS RAUL CIPPITELLI
  • Dra. AMELIA DEL VALLE SESTO DE LEIVA
  • Esc. ELSA LUCRECIA ARCE

Sumarios