Texto | SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Sesenta y Ocho.-
San Fernando del Valle de Catamarca, 29 de abril de 2015.-
Y VISTOS:
Estos autos Corte Nº 071/2014 "CÓRDOBA BUSTOS, Juan León y Otros - c/ OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS (OSEP) DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA - s/ Acción de Amparo”, traídos a despacho a fin de resolver sobre la petición de regulación de honorarios, y
CONSIDERANDO:
Que a fs.49 de estos autos, el Dr. Estanislao Reinoso Gandini, apoderado de la parte actora, solicita regulación de sus honorarios profesionales por los trabajos realizados en la causa.-
A fs.26/32 los Sres. Juan León Córdoba Bustos, Mariana Fabiana Olivato y Hugo Leonardo Pacheco, con patrocinio letrado, promueven Acción de Amparo en contra de la Obra Social de los Empleados Públicos (OSEP) de la Provincia de Catamarca, persiguiendo se revoque y se declare inconstitucional e inaplicable, por ilegalidad y arbitrariedad manifieta la Resolución del Interventor de OSEP Nº 4655/14.-
Que a fs.44/45 obra Sentencia Interlocutoria Nº 109, de fecha 15 de septiembre de 2014, dictada por este Tribunal, por la cual se resuelve declarar sin materia la acción de amparo interpuesta por haber operado la sustracción de la materia justiciable.-
Que al no existir una determinación pecuniaria del asunto sometido a la jurisdicción, corresponde analizar los otros aspectos que deben ser valorados a los fines de la regulación de honorarios, como son los aspectos jurídicos relativos a la importancia de los trabajos traducidos en calidad, extensión y éxito obtenido (Art.6 de la Ley Nº 3956), y lo resuelto mediante Acordada Nº 4183/11.-
Siendo ello así, este Tribunal entiende que deben tenerse en cuenta las pautas establecidas en el Art.6 incs. b), c) y d) de la Ley Nº 3956 (de Honorarios) y Acordada Nº 4183/11 dictada por esta Corte de Justicia-
Por ello,
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1) Regular los honorarios profesionales del Dr. Estanislao Reinoso Gandini, por los trabajos realizados en la causa, en la suma de Pesos Tres Mil Setecientos Diez con Sesenta Centavos ($3.710,60).-
2) Protocolícese, hágase saber, notifíquese a la Caja Forense y a la Administración General de Rentas.-
Fdo: Dres. José Ricardo Cáceres (Presidente), Luis Raúl Cippitelli (Ministro Decano) y Amelia del Valle Sesto de Leiva (Ministro Vice Decano). Esc. Elsa Lucrecia Arce (Sec. en lo Contencioso Administrativo) - Corte de Justicia.-- |