Sentencia Interlocutoria N° 38/15
CORTE DE JUSTICIA • MONTIVERO, José María c. ADMINISTRACIÓN GENERAL DE ASUNTOS PREVISIONALES s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración • 31-03-2015

TextoSENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Treinta y ocho.- San Fernando del Valle de Catamarca,31 de marzo de 2015.- Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 064/2013 "MONTIVERO, José María - c/ ADMINISTRACIÓN GENERAL DE ASUNTOS PREVISIONALES - s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración", traídos a despacho a fin de resolver sobre la petición de regulación de honorarios, y CONSIDERANDO: Que a fs.36 de estos autos, el Dr. Fausto Javier Espinoza, patrocinante de la parte actora, solicita regulación de sus honorarios profesionales por los trabajos realizados en la causa.- A fs.04/06 el Sr. José María Montivero, con el patrocinio letrado del Dr. Fausto Javier Espinoza, promueve Acción de Amparo por Mora de la Administración en contra de la Administración General de Asuntos Previsionales, persiguiendo se declare inválida la decisión de la Oficina Provincial de Asuntos Previsionales.- A fs.29/30vta., obra Sentencia Definitiva Nº16 de fecha 18 de junio de 2014, dictada por este Tribunal, por la cual se resuelve declarar abstracta la causa por haber oporado la sustracción de la materia justiciable, con costas a la demandada.- Que al no existir una determinación pecuniaria del asunto sometido a la jurisdicción, corresponde analizar los otros aspectos que deben ser valorados a los fines de la regulación de honorarios, como son los aspectos jurídicos relativos a la importancia de los trabajos traducidos en calidad, extensión y éxito obtenido (Art.6 de la Ley Nº 3956) y lo resuelto mediante Acordada Nº4183/11.- - - - - Siendo ello así, este Tribunal entiende que deben tenerse en cuenta las pautas establecidas en el Art.6 incs. b), c) y d) de la Ley Nº 3956 (de Honorarios) y Acordada Nº4183/11 dictada por esta Corte de Justicia- Por ello, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1) Regular los honorarios profesionales del Dr. Fausto Javier Espinoza, por los trabajos realizados en la causa, en la suma de Pesos Tres Mil Setecientos Diez con Sesenta Centavos ($3.710,60).- 2) Protocolícese, hágase saber, notifíquese a la Caja Forense y a la Administración General de Rentas.- Fdo: Dres. Luis Raúl Cippitelli (Presidente), Amelia del Valle Sesto de Leiva (Ministro), Vilma Juana Molina (Ministro Subrogante) y Esc. Elsa Lucrecia Arce (Secretaria - Corte de Justicia).-
MateriasentSentencia Interlocutoria Contencioso

Firmantes

  • Dr. LUIS RAUL CIPPITELLI
  • Dra. AMELIA DEL VALLE SESTO DE LEIVA
  • Esc. ELSA LUCRECIA ARCE
  • Dra. VILMA JUANA MOLINA

Sumarios