Sentencia Interlocutoria N° 26/15
CORTE DE JUSTICIA • GUTIERREZ, Rubén Ricardo c. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA - s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración • 25-03-2015

TextoSENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Veintiséis San Fernando del Valle de Catamarca, 25 de marzo de 2015.- Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 059/2014 "GUTIERREZ, Rubén Ricardo - c/ MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA - s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración”, traídos a despacho a fin de resolver sobre la petición de regulación de honorarios, y CONSIDERANDO: Que a fs.51 de estos autos, el Dr. Sergio Emilio Arias Gibert patrocinante de la parte actora, solicita regulación de sus honorarios profesionales por los trabajos realizados en la causa.- A fs.11/13 el Sr. Rubén Ricardo Gutierrez, con patrocinio letrado, promueve Acción de Amparo por Mora de la Administración en contra del Minsterio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia, persiguiendo que la Administración se expida respecto de las actuaciones iniciadas con fecha 20/NOV/13.- Que a fs.26/28 obra Sentencia Definitiva Nº36 de fecha 28 de octubre de 2014, dictada por este Tribunal, por la cual se resuelve hacer lugar a la Acción de Amparo por Mora de la Administración interpuesta con costas a la demandada.- Que al no existir una determinación pecuniaria del asunto sometido a la jurisdicción, corresponde analizar los otros aspectos que deben ser valorados a los fines de la regulación de honorarios, como son los aspectos jurídicos relativos a la importancia de los trabajos traducidos en calidad, extensión y éxito obtenido (Art.6 de la Ley Nº 3956) y lo resuelto mediante Acordada Nº 4183/11.- Siendo ello así, este Tribunal entiende que deben tenerse en cuenta las pautas establecidas en el Art.6 incs. b), c) y d) de la Ley Nº 3956 (de Honorarios) y Acordada Nº4183/11 dictada por esta Corte de Justicia- Por ello, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1) Regular los honorarios profesionales del Dr. Sergio Arias Gibert, por los trabajos realizados en la causa, en la suma de Pesos Tres Mil Setecientos Diez con Sesenta Centavos ($3.710,60).- 2) Protocolícese, hágase saber, notifíquese a la Caja Forense y a la Administración General de Rentas.- Fdo. Dres.José Ricardo Cáceres -Presidente- Luis Raúl Cippitelli y Amelia Sesto de Leiva -Ministros- y Elsa Lucrecia Arce - Sec. Contenciosoadministrativa -Corte de Justicia-
MateriasentSentencia Interlocutoria Contencioso

Firmantes

  • Dr. JOSÉ RICARDO CÁCERES
  • Dr. LUIS RAUL CIPPITELLI
  • Dra. AMELIA DEL VALLE SESTO DE LEIVA
  • Esc. ELSA LUCRECIA ARCE

Sumarios