Sentencia Interlocutoria N° 13/15
CORTE DE JUSTICIA • COLEGIO DE ABOGADOS c. CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA - PODER EJECUTIVO PROVINCIAL s/ Acción de Amparo • 03-03-2015

TextoSENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Trece.- San Fernando del Valle de Catamarca, 03 de marzo de 2015.- Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 070/2011 "COLEGIO DE ABOGADOS - c/CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA - PODER EJECUTIVO PROVINCIAL - s/Acción de Amparo" y CONSIDERANDO: Lo resuelto por esta Corte de Justicia a fs.54 y vta. mediante Sentencia Interlocutoria Nº36 de fecha 14 de marzo de 2012, atento lo normado por los Arts.3 de la Ley 2725 y 56 de la Ley 3956, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1) Remitir la presente causa al Archivo Judicial y Notarial del Poder Judicial, a los fines de su archivo y posterior incineración, luego de cumplido el término de veinte años y previo estudio de la Comisión respectiva.- 2) Protocolícese y hágase saber.- Fdo: Dres. Enrique Ernesto Lilljedahl (Ministro Subrogante), Manuel de Jesus Herrera (Ministro Subrogante) y Nora S. Velarde de Chayep (Ministro Subrogante) y Esc. Elsa Lucrecia Arce (Secretaria - Corte de Justicia).-
MateriasentSentencia Interlocutoria Contencioso

Firmantes

  • Dr. ENRIQUE ERNESTO LILLJEDAHL
  • Esc. ELSA LUCRECIA ARCE
  • Dr. MANUEL DE JESÚS HERRERA
  • Dra. NORA S. VELARDE de CHAYEP

Sumarios

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