Sentencia Interlocutoria N° 8/15
CORTE DE JUSTICIA • BEPRE, Alejandro Heberto c. CATAMARCA RIOJA REFRESCOS S.A.C.I.F.I y SALTA REFRESCOS S.A. s/ Beneficios Laborales -s/ RECURSO DE CASACIÓN • 27-02-2015

TextoSENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Ocho San Fernando del Valle de Catamarca, 27 de febrero de 2015 Y VISTOS: Estos autos Corte N° 120/14 “BEPRE, Alejandro Heberto c/CATAMARCA RIOJA REFRESCOS S.A.C.I.F.I y SALTA REFRESCOS S.A. -s/Beneficios Laborales -s/ RECURSO DE CASACIÓN”, y CONSIDERANDO: Que el recurso de casación interpuesto a fs.03/08, en contra de la sentencia N° 25 reúne los requisitos procesales extrínsecos previstos en el Art. 292 del Código Procesal Civil y Comercial.- Ello se resuelve, sin perjuicio de que el mérito acerca de su procedibilidad, sea valorado en el momento procesal oportuno. Por ello, LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1) Declarar formalmente admisible el recurso de casación interpuesto.- 2) Protocolícese, hágase saber y sigan los autos según su estado.- Fdo: Dres. José Ricardo Cáceres (Presidente), Luis Raúl Cippitelli (Ministro Decano), Amelia del Valle Sesto de Leiva (Ministro Vicedecano) y Esc. Elsa Lucrecia Arce (Secretaria - Corte de Justicia).-
MateriasentSentencia Interlocutoria Contencioso

Firmantes

  • Dr. JOSÉ RICARDO CÁCERES
  • Dr. LUIS RAUL CIPPITELLI
  • Dra. AMELIA DEL VALLE SESTO DE LEIVA
  • Esc. ELSA LUCRECIA ARCE

Sumarios

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