Texto | SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Treinta y seis.-
San Fernando del Valle de Catamarca, 05 de Diciembre de 2019.-
VISTOS:
Estos autos Corte Nº 056/19 “GOMEZ, Inés del Valle c/ CAYUARI de LANARI, Peregrina s/ Prescripción Veinteañal s/ RECURSO DE CASACIÓN”.-
Y CONSIDERANDO:
Atento las razones invocadas en la excusación formulada a fs. 23 por la Sra. Ministro Dra. Vilma Juana Molina, por haber intervenido en la Sentencia Interlocutoria Nº 94/12 – Expte. Nº 307/11- como miembro de la Cámara de Apelaciones en lo Civil Comercial, de Minas, de Familia, Menores y del Trabajo de Tercera y, en virtud de lo dispuesto por los arts. 17 inc. 7mo. y 30 del C.P.C.,
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1) Hacer lugar a la excusación de la Sra. Ministro, Dra. Vilma Juana Molina, quedando el Tribunal integrado con los suscriptos.-
2) Actúe como Procuradora General Subrogante la Sra. Fiscal de la Cámara de Apelaciones de Segunda Nominación, Dra. Margarita Niederle de Monti.-
3) Protocolícese y hágase saber.-
Presidente: Dr. Carlos Miguel FIGUEROA VICARIO.-
Ministros: Dr. José Ricardo CACERES.-
Dr. Amelia del V. SESTO DE LEIVA.-
Dr. Luís Raúl CIPPITELLI.-
Dr. Enrique Ernesto LILLJEDAHL.-
Secretaria: Dra. Cristina del Valle SALAS MARTINEZ.- |