Texto | SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: CINCUENTA y DOS
San Fernando del Valle de Catamarca, 29 de abril de 2019.-
Y VISTOS:
Estos autos Corte N° 041/2018 "Salas Martinez, Roque A. - c/ Estado Provincial, Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia - s/ Acción de Amparo por Mora", traídos a despacho a fin de resolver sobre la petición de regulación de honorarios, y
CONSIDERANDO:
Que a fs.42 de estos autos, el Dr. Guillermo Jorge Lobo Rodriguez, apoderado de la parte actora, solicita regulación de sus honorarios profesionales por los trabajos realizados en la causa.-
A fs.09/11 comparece el Dr. Guillermo Jorge Lobo Rodriguez, promoviendo acción de amparo por mora administrativa en contra del Estado Provincial, Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia.-
A fs.21/26 obra informe circunstanciado presentado por la parte demandada.-
A fs.32/36, obra Sentencia Definitiva Nº 01 de fecha 26 de febrero de 2019, por la cual se resuelve: "1) Declarar sin materia la presente causa por haber operado la sustracción de materia justiciable, por unanimidad de votos.-2) Costas a la demandada, por mayoría de votos.- 3) Protocolícese, notifíquese y oportunamente archívese.".-
Que, al no existir una determinación pecuniaria del asunto sometido a la jurisdicción, corresponde analizar los otros aspectos que deben ser valorados a los fines de la regulación de honorarios, como son los aspectos jurídicos relativos a la importancia de los trabajos traducidos en calidad, extensión y éxito obtenido (Art.6 de la Ley Nº 3956) y lo resuelto mediante Acordada Nº 4183/11.-
Siendo ello así, este Tribunal entiende que deben tenerse en cuenta las pautas establecidas en el Art.6 incs. b), c) y d) de la Ley Nº 3956 (de Honorarios) y Acordada Nº 4183/11 dictada por esta Corte de Justicia, aplicando el valor de 8 JUS (Valor del JUS 1.246.21).-
Por todo ello,
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1) Regular los honorarios profesionales del Dr. Guillermo Jorge Lobo Rodriguez, apoderado de la parte actora, por los trabajos realizados en la causa, en la suma de Pesos nueve mil novecientos sesenta y nueve con setenta centavos ($9.969,70).-
2) Protocolícese, hágase saber, notifíquese a la Caja Forense y a la Administración General de Rentas.-
Fdo.: Dres. Vilma Juana Molina (Presidente), Carlos Miguel Figueroa Vicario (Ministro), José Ricardo Cáceres (Ministro), Amelia del Valle Sesto de Leiva (Ministro), Luis Raúl Cippitelli (Ministro), Ante mi:Dra. Maria Margarita Ryser (Prosecretaria - Corte de Justicia).- - |