Texto | SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: VEINTINUEVE
San Fernando del Valle de Catamarca, 12 de marzo de 2019.-
Y VISTOS:
Estos autos Corte N° 032/2017 "PEREZ, Cecilia Isabel - c/ MUNICIPALIDAD DE LA PUERTA DE SAN JOSÉ DPTO. BELÉN - s/ Acción de Amparo", traídos a despacho a fin de resolver sobre la petición de regulación de honorarios, y
CONSIDERANDO:
Que a fs.139 de estos autos, el Dr. Mario Martín Soler, patrocinante de la parte actora, solicita regulación de sus honorarios profesionales por los trabajos realizados en la causa.-
A fs.03/06 comparece la parte actora, con patrocinio letrado, interponiendo Acción de Amparo en contra de la Municipalidad de La Puerta de San José, Departamento Belén.-
A fs.44/48vta. contesta traslado el apoderado de la parte demandada.-
A fs.124/132vta., obra Sentencia Definitiva Nº 34 de fecha 05 de octubre de 2018, por la cual se resuelve: "1) Hacer lugar a la Acción de Amparo interpuesta por la Sra. Cecilia Isabel Perez en contra de Municipalidad de la Puerta de San José Dpto. Belén, quien deberá reintegrar a la actora a sus funciones y cargo que desempeñaba y revestía, con anterioridad a la notificación del inicio del sumario y a la suspensión de funciones y haberes.- 2) Con costas a la demandada (art.17 Ley Nº 4642)".-
Que, al no existir una determinación pecuniaria del asunto sometido a la jurisdicción, corresponde analizar los otros aspectos que deben ser valorados a los fines de la regulación de honorarios, como son los aspectos jurídicos relativos a la importancia de los trabajos traducidos en calidad, extensión y éxito obtenido (Art.6 de la Ley Nº 3956) y lo resuelto mediante Acordada Nº 4183/11.-
Siendo ello así, este Tribunal entiende que se debe aplicar el valor de 20 JUS (Valor del JUS 1.132,92).-
Por ello,
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1) Regular los honorarios profesionales del Dr. Mario Martín Soler, patrocinante de la parte actora ganadora, por los trabajos realizados en la causa, en la suma de Pesos veintidós mil seiscientos sesenta ($22.660).-
2) Protocolícese, hágase saber, notifíquese a la Caja Forense y a la Administración General de Rentas.-
Fdo.: Dres. Vilma Juana Molina (Presidente), Carlos Miguel Figueroa Vicario (Ministro), José Ricardo Cáceres (Ministro), Amelia del Valle Sesto de Leiva (Ministro), Luis Raúl Cippitelli (Ministro), Ante mi: Esc. Elsa Lucrecia Arce (Secretaria - Corte de Justicia).- - - - - - - - - - - |