Sentencia Interlocutoria N° 57/18
CORTE DE JUSTICIA • HERRERA, Lucio Omar y Otros c. Mario VALLES y Ariel VALLES y CATAMARCA DISTRIBUCIONES SRL y/o Q.R.R. s/ Beneficios Laborales - CASACION • 26-10-2018

TextoSENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: Cincuenta y Siete.- San Fernando del Valle de Catamarca, 26 de Octubre de 2018.- Y VISTOS: Estos autos Corte Nº 19/15 “HERRERA, Lucio Omar y Otros c/Mario VALLES y Ariel VALLES y CATAMARCA DISTRIBUCIONES SRL y/o Q.R.R. s/ Beneficios Laborales - CASACION”, traídos a despacho a fin de resolver la regulación de honorarios solicitada por el Dr. Gustavo Adolfo Pérez Díaz, por los trabajos realizados en esta instancia, y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO: Que a fs. 798 del Expte. Nº 206/08 (Cám. Nº 231/13) el Dr. Gustavo Adolfo Pérez Díaz solicita regulación de los honorarios profesionales por su actuación en esta instancia; consecuentemente a fs. 799 se ordena elevar las presentes actuaciones a esta Corte de Justicia.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Que conforme surge de los presentes autos el peticionante presenta recurso de casación, en el carácter de apoderado de la parte co-demandada; a fs. 29/30 se dictó Sentencia Interlocutoria Nº 36 de fecha 29/04/15, por la cual se resuelve declarar la inadmisibilidad formal del recurso de casación interpuesto por la parte demandada a fs. 2/16 vta. de autos, con costas a la vencida.- - - - - - - - - - - Que la base a tener en cuenta para la regulación del Dr. Gustavo Adolfo Pérez Díaz, está dada por lo regulado en Sentencia Definitiva Nº 37/13 de los autos Expte. Nº 206/08 (Cám. Nº 231/13), dictada por el Juzgado del Trabajo de Segunda Nominación, obrante a fs. 561/587 vta., suma que posteriormente fue modificada a través de Sentencia Interlocutoria Nº 19/16 obrante a fs. 772/772 vta que asciende a la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($59.228,38), la que se encuentra firme.-.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Que este Tribunal entiende que, conforme lo prescribe el Art. 14 de la Ley Nº 3956/83 y el resultado obtenido, corresponde aplicar para el apoderado de la parte codemandada el porcentaje del 25 % de lo regulado en primera instancia.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por ello y conforme lo dispuesto por el art. 14 y concordantes y correlativos de la Ley Nº 3956/83 y 68 del C.P.C.C., LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA RESUELVE: 1º) Regular los honorarios profesionales del Dr. Gustavo Adolfo Pérez Díaz, por los trabajos realizados en el Recurso de Casación, en su doble carácter, en la suma de PESOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS SIETE ($14.807,00).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 2º) Protocolícese, hágase saber al obligado al pago, notifíquese a la Caja Forense y a la Dirección General de Rentas de la Provincia y bajen los presentes autos a la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, laboral y de Minas de Primera Nominación.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Presidente: Dr. Luís Raúl CIPPITELLI.- Ministros: Dra. Vilma Juana MOLINA.- Ministros: Dr. Carlos Miguel FIGUEROA VICARIO.- Dr. José Ricardo CACERES.- Dra. Amelia del V. SESTO DE LEIVA.- Secretaria: Dra. Cristina del Valle SALAS MARTINEZ.-
MateriasentSentencia Interlocutoria Casación

Firmantes

  • Dr. JOSÉ RICARDO CÁCERES
  • Dr. LUIS RAUL CIPPITELLI
  • Dra. AMELIA DEL VALLE SESTO DE LEIVA
  • Dra. CRISTINA DEL VALLE SALAS MARTINEZ
  • Dr. CARLOS MIGUEL FIGUEROA VICARIO
  • Dra. VILMA JUANA MOLINA

Sumarios

    -