Texto | SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: SETENTA
San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de junio de 2018.-
Y VISTOS:
Estos autos Corte Nº 075/2016 "PAZ, Mónica del Valle c/ MUNICIPALIDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE de CATAMARCA - s/ Acción de Amparo por Mora", y
CONSIDERANDO:
1- Que a fs.113 comparece la parte actora, por intermedio de su letrado apoderado, y presenta planilla de liquidación de astreintes fijadas en Sentencia Interlocutoria Nº 92 adjunta a fs.100/101 de los presentes autos.-
Que por proveído de fs.114 se corre traslado de la planilla presentada a la contraria, notificada a fs.115 y vta., el que no resulta evacuado.-
Dictado a fs.117 el proveído que ordena autos para resolver, queda la cuestión en estado de emitir pronunciamiento.-
2- Que conforme a ello y practicado el control correspondiente por Secretaria, resulta que las sanciones conminatorias han sido impuestas en Sentencia Interlocutoria Nº 92 de fecha 16 de mayo de 2016 -fs. 100/101 y vta.-, por la suma de pesos cien ($100) diarios, desde su notificación con fecha 09/Jun/17 -fs. 104 y vta.-
Que a fs.113 la parte actora presenta planilla de liquidación de astreintes, calculada desde el día 09/Jun/2017 hasta el día 12/Nov/2017 por la suma de pesos quince mil seiscientos ($15.600) equivalente, conforme a la fecha de corte (12/Nov/2017), a 156 días de falta de cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal en Sentencia Definitiva Nº 40/16 (fs.89/91). En consecuencia, corresponde se apruebe la planilla de liquidación de astreintes, en cuanto por derecho hubiere lugar.-
Por ello,
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE:
1) Aprobar la planilla de liquidación de astreintes obrante a fs.113, por la suma de pesos quince mil seiscientos ($15.600), en cuanto por derecho hubiere lugar.-
2) Protocolícese y hágase saber.-
Fdo.: Dres. Luis Raúl Cippitelli (Presidente), Vilma Juana Molina (Ministro), Carlos Miguel Figueroa Vicario (Ministro), José Ricardo Cáceres (Ministro), Amelia del Valle Sesto de Leiva (Ministro), Ante mi:Esc. Elsa Lucrecia Arce (Secretaria - Corte de Justicia). |