Texto | SENTENCIA INTERLOCUTORIA NÚMERO: TREINTA Y TRES
San Fernando del Valle de Catamarca, 21 de marzo de 2018.-
Y VISTOS:
Esto autos Corte Nº 073/2017 "HEZZE AGUIAR, Mauricio Bruno y Otros - c/ PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA - s/ Acción Contencioso Administrativo", y
CONSIDERANDO:
Que advertido el Tribunal que en los presentes autos, el Sr. Procurador General, Dr. Enrique Ernesto Lilljedahl, ha emitido dictamen Nº 120, como Ministerio Fiscal, obrante a fs.48/50; corresponde declarar nulo el decreto de fecha 22 de diciembre de 2017, obrante a fs.54 por el que se dispone: "Para entender de la excusación formulada por el Sr. Ministro Dr. Carlos Miguel Figueroa Vicario, intégrese el Tribunal con el Sr. Procurador General Dr. Enrique E. Lilljedahl. Notifíquese.-" y la Sentencia Interlocutoria Nº 17 de fecha 27 de febrero de 2018, obrante a fs.55/55vta. A fin de la integración del Tribunal y para entender de la excusación formulada por el Sr. Ministro Dr. Carlos Miguel Figueroa Vicario, intégrese el Tribunal conforme lo determina la Acordada Nº 4373/17.-
Por ello,
LA CORTE DE JUSTICIA DE CATAMARCA
RESUELVE
1) Declarar nulo el decreto de fecha 22 de diciembre de 2017 y la Sentencia Interlocutoria Nº 17 de fecha 27 de febrero de 2018.-
2) Intégrese el Tribunal conforme lo determina la Acordada Nº 4373/17.-
3) Protocolícese y hágase saber.-
Fdo.: Dres. Luis Raúl Cippitelli (Presidente), Vilma Juana Molina (Ministro), José Ricardo Cáceres (Ministro), Amelia del Valle Sesto de Leiva (Ministro), Ante mi:Esc. Elsa Lucrecia Arce (Secretaria - Corte de Justicia).
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