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Viendo 1-10 de 2708 resultados.
Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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01/10 | REGULACIONES DE HONORARIOS-MONTO Y PAUTAS DE REGULACION-CUESTIONES DE HECHO-LA IRRECURRIBILIDAD EN CASACION COMO REGLA: EXCEPCIONES-APARTAMIENTO INFUNDADO DE LA SOLUCION NORMATIVA APLICABLE AL CASO | Ante todo y previo a brindar mi opinión de la controversia traída a conocimiento de este Tribunal, considero menester dejar en claro que, si bien la materia que nos convoca -regulación de honorarios- es una cuestión de hecho, exenta de revisión en esta instancia extraordinaria, corresponde apartarnos de este principio cuando se trata de juzgar la correcta aplicación de las normas . . . | ||
12/18 | Acción Contencioso-Administrativa- Requisitos extrínsecos de admisibilidad- Cumplimiento- Cuestión impositiva- Regla Solve te Repete- Vigencia- Supuestos de Morigeración de su aplicación- Procedencia del planteo de eximición de pago solicitada- Competencia de la Corte. | Corresponde declarar la jurisdicción y competencia de la Corte para entender en la acción interpuesta por el apoderado de la actora en contra de los decretos dictados por la Administración por el cual se denegaron los recursos deducidos por la parte impugnando la determinación de deuda en concepto de impuesto sobre los Ingresos Brutos e imposición de multa realizada por aquella, en función . . . | ||
22/12 | FUERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-AMPARO-ADMISIBILIDAD FORMAL DE LA ACCIÓN-FALTA DE CONTESTACION DEL INFORME CIRCUNSTANCIADO POR LA ADMINISTRACION REQUERIDA:EFECTOS SOBRE LA PRESUNCION DE LEGALIDAD DEL ACTO IMPUGNADO-VIOLACION DEL PRINCIPIO DE BILATERALIDAD | La actora promueve Acción de Amparo en contra del Estado Provincial, a fin de que se declare la nulidad del Decreto Acuerdo N°216/12, mediante el cual se revoca su incorporación a la Planta de Personal Permanente de la Administración Pública Provincial, dispuesta por Decreto Acuerdo Nº2166 de fecha 1 de Diciembre de 2011 y se ordene la inmediata restitución a su empleo público y el pago de . . . | ||
30/15 | PROCESO POR ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO CUYA APTITUD PARA EL DISPARO NO PUEDE TENERSE POR ACREDITADA-SOLICITUD DE SUSPENSIÓN A JUICIO RECHAZADA-RECURSO DE CASACIÓN-IMPROCEDENCIA-OPOSICIÓN FUNDADA DEL MINISTERIO PÚBLICO-PROBABLE CONDENA DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO-INSUFICIENCIA DEL AGRAVIO | La Cámara en lo Criminal, integrada en Sala Unipersonal, resolvió no hacer lugar a la suspensión del juicio a prueba formulada por el imputado M. (Robo calificado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada). Contra esa resolución, el defensor del imputado, interpone el presente recurso de casación. Invoca como agravio la errónea aplicación de . . . | ||
38/17 | AMPARO POR MORA- COMPETENCIA DE LA CORTE- SITUACIÓN OBJETIVA DE DEMORA-CUMPLIMIENTO DE PRESUPUESTOS FÁCTICOS DE ADMISIBILIDAD. | Encontrándose acreditado el presupuesto fáctico de admisibilidad de la acción, conforme se desprende del memorial de demanda, mediando en el caso una situación objetiva de demora administrativa en pronunciarse ante el requerimiento del administrado referido al pago de honorarios generados por un contrato de locación de obra, y habiéndose cumplimentado los requisitos exigidos por el . . . | ||
122/17 | Hechos: El Secretario General del SOEM-El Alto interpone acción de amparo en contra del Poder Ejecutivo de la Municipalidad de El Alto a los fines de que se le ordene a éste último a recibir los recursos administrativos en contra de la Resolución Nº 087/2017, la que les habría descontado un día de trabajo por abandono de servicios, en razón de haber ejecutado una medida de fuerza. | |||
Nº 22/21 | 3- En la especie el apelante ha dejado transcurrir el plazo de tres meses, indicado por el ordenamiento procesal, sin cumplimentar con la notificación a la que refiere el primer decreto dictado en esta instancia (fs. 535) que data de fecha 18 de octubre de 2.019. Dicha notificación nunca se cumplió transcurriendo en exceso el plazo previsto por el art. 310, inc 2 del C.P.C. Luego . . . | |||
Nº 12/21 | Interdicto de Retener la Posesión | Interdicto de Retener la Posesión-Valoración prueba testimonial y documental para tener por acreditada la posesión del inmueble litigioso en cabeza de la actora al momento de producirse la turbación. | ||
29/17 | ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA- DEMANDA INTERPUESTA POR MINERA AGUA RICA LLC CONTRA ORDENANZA N° 029/16 DICTADA POR EL MUNICIPALIDAD DE ANDALGALÁ- POSTERIOR ENCAUSAMIENTO DE LA DEMANDA COMO ACCIÓN AUTÓNOMA DE INCONSTITUCIONALIDAD- NATURALEZA EXCEPCIONAL - CARÁCTER DECLARATIVO Y ROL PREVENTIVO DE LA ACCIÓN-COMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA (Art. 203 inc. 2° CP)- INEXISTENCIA DE LEGISLACIÓN ADJETIVA ESPECÍFICA- LEGITIMACIÓN PARA DEMANDAR- NECESIDAD DE LA EXISTENCIA DE UN INTERÉS LEGÍTIMO SUSCEPTIBLE DE PROTECCIÓN JURISDICCIONAL APLICACIÓN DE LAS NORMAS QUE REGULAN LA ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE PLENA JURISDICCIÓN-. | - La acción directa de inconstitucionalidad, de conformidad con la doctrina legal sustentada por esta Corte de Justicia teniendo como parámetro la sentada por tribunales de análoga jerarquía, (Verbigracia: SI Nº 068/06 "Lilljedahlc Estado Provincial"; SI Nº 144/07; SI Córdoba c Munip. Icaño; Expreso San José c/ Estado Provincial, Páez c/ Poder Ejecutivo, Valdez c/ Poder Ejecutivo, . . . | ||
Nº 7/21 | - Decide el Tribunal, rechazar el recurso de apelación, confirmando el decisorio recurrido, entendiendo que los planteos no son ciertos, además de inoportuno, al alegar vicios procesales anteriores a la sentencia y sellando la suerte adversa del recurso interpuesto, el llamado para resolver dictada en la instancia anterior, que ha saneado toda deficiencia procesal. |