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Nro SentVocesTextoMateria 
33/10JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-CONFLICTO DE PODERES-MEDIDA DE NO INNOVAR: INADMISIBILIDAD-FUNDAMENTO-IDENTIDAD DE OBJETO CON LA PRETENSION PRINCIPALEn el caso -conflicto de poderes-, la petición cautelar no resulta de recibo por su manifiesta improcedencia, conforme lo tiene dicho este Tribunal en diversos pronunciamientos, respecto a que, en principio, la tutela cautelar : “… no puede tener por objeto la finalidad del proceso, pues resulta incongruente por la naturaleza de la medida que con ella se obtenga lo que se persigue con la sentencia . . . Ver
44/11JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-COMPETENCIA ORIGINARIA DE LA CORTE DE JUSTICIA: INTERPRETACION RESTRICTIVA Y ESTRICTAMENTE REVISORA-ATRIBUCION CONSTITUCIONAL-ATRIBUCION LEGAL-CODIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO: DETERMINACION-MOBBING-DEMANDA POR DAÑOS EMERGENTES DE UNA RELACION DE EMPLEO PUBLICO-INEXISTENCIA DE MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-COMPETENCIA DEL JUEZ LABORAL-INCOMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIADentro de nuestro ordenamiento jurídico, la competencia originaria de esta Corte de Justicia se encuentra atribuida por expresas normas constitucionales y legales, siendo, en consecuencia, de interpretación restrictiva y estrictamente revisora del actuar administrativo de los tres Poderes del Estado. En efecto, la Constitución Provincial, en su Art.204 establece: “La Corte de Justicia…, pero . . . Ver
4/14JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-COMPETECIA REVISORA DE LA CORTE DE JUSTICIA:LIMITES-CONTENIDO DE LA DEMANDA-CUESTIONES NO RECLAMADAS EN SEDE ADMINISTRATIVA-IMPOSIBILIDAD DE PLANTEO EN LA INSTANCIA JUDICIAL-SOLICITUD DE PAGO CON INTERESES DE LICENCIAS PROFILÁCTICAS NO GOZADAS:IMPROCEDENCIA-DERECHO SIN OBLIGACIÓN DE USOComo lo tiene dicho esta Corte, siempre se debe tener presente, que la pretensión que no se formuló ante la Instancia Administrativa, no puede ser planteada en la Instancia Judicial. En este sentido, resulta ilustrativo el criterio de la Corte Suprema de Justicia, según el cual la demanda no puede contener una pretensión mayor o diferente de lo que fue objeto de reclamación. En ese marco, la . . . Ver
158/15JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-CÍRCULO MÉDICO-NATURALEZA JURÍDICA-ESTATUTO DE CREACIÓN-ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO-COMISIÓN DIRECTIVA-SANCIÓN DE SUSPENSIÓN A ASOCIADOS COMO RESULTADO DEL SUMARIO INSTRUIDO POR LA COMISIÓN DIRECTIVA-ACCIÓN DE AMPARO-INCOMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA-FUNDAMENTO-REVISIÓN DE LA ACTUACIÓN DE LOS PODERES DEL ESTADO EN SU FAZ ADMINISTRATIVA-DERECHOS DE NATURALEZA CIVIL NO ADMINISTRATIVA-COMPETENCIA ORDINARIA-REMISIÓN A MESA GENERAL DE ENTRADAS PARA SORTEO DE LA CAUSA.1) JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-CÍRCULO MÉDICO-NATURALEZA JURÍDICA-ESTATUTO DE CREACIÓN-ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO-COMISIÓN DIRECTIVA-SANCIÓN DE SUSPENSIÓN A ASOCIADOS COMO RESULTADO DEL SUMARIO INSTRUIDO POR LA COMISIÓN DIRECTIVA-ACCIÓN DE AMPARO-INCOMPETENCIA DE LA CORTE DE JUSTICIA-FUNDAMENTO-REVISIÓN DE LA ACTUACIÓN DE LOS PODERES DEL ESTADO EN SU FAZ ADMINISTRATIVA-DERECHOS . . . Ver
61/09JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-CADUCIDAD DE MEDIDA CAUTELAR ANTICIPADA: PROCEDENCIA-FUNDAMENTO-DOCTRINA LEGAL DE LA CORTE DE JUSTICIA-INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS: IMPROCEDENCIAComparece el Estado Provincial, por intermedio de apoderadas, solicitando la caducidad de la medida cautelar anticipada, por haber transcurrido en exceso el plazo previsto en el Art. 207 del C.P.C.C., además de indemnización por daños y perjuicios e imposición de costas. Luego comparecen dos de las actoras, por intermedio de patrocinante, solicitando ampliación de la medida cautelar, con fundamento . . . Ver
68/11JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-AMPARO:FINALIDAD DE LA ACCIÓN;REQUISITOS DE ADMISIBILIDADEl proceso abreviado de la acción de amparo tiende a la comprobación fácil y rápida de los derechos constitucionales conculcados por actos u omisiones de autoridad pública, que en forma actual o inminente lesionen, restrinjan, alteren o amenacen con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta derechos reconocidos por nuestro ordenamiento constitucional. Se impone, como correlato de la actividad jurisdiccional . . . Ver
71/11JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-AMPARO: FINALIDAD DE LA ACCIÓN;REQUISITOS DE ADMISIBILIDADEl proceso abreviado de la acción de amparo tiende a la comprobación fácil y rápida de los derechos constitucionales conculcados por actos u omisiones de autoridad pública, que en forma actual o inminente lesionen, restrinjan, alteren o amenacen con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta derechos reconocidos por nuestro ordenamiento constitucional. Se impone, como correlato de la actividad jurisdiccional . . . Ver
67/11JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-AMPARO: FINALIDAD DE LA ACCIÓN; REQUISITOS DE ADMISIBILIDADEl proceso abreviado de la acción de amparo tiende a la comprobación fácil y rápida de los derechos constitucionales conculcados por actos u omisiones de autoridad pública, que en forma actual o inminente lesionen, restrinjan, alteren o amenacen con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta derechos reconocidos por nuestro ordenamiento constitucional. Se impone, como correlato de la actividad jurisdiccional . . . Ver
14/11JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION-DICTADO DEL ACTO EXPRESO POR LA ADMINISTRACION REQUERIDA DURANTE LA SUSTANCIACION DEL PROCESO:EFECTOS-SITUACIÓN REAL EXISTENTE AL MOMENTO DE DICTAR SENTENCIA-CUESTION ABSTRACTA-EXIMICIÓN DE COSTAS A LA ADMINISTRACIONEn el caso, este Tribunal declara su jurisdicción y competencia para entender en la presente causa, se notifica al Señor Director de la Obra Social de los Empleados Públicos y conforme a lo dispuesto por el Art.10 de la Ley Nº4795 -modificada por Ley Nº4850- se fíja el término perentorio de cinco días para que presente las actuaciones administrativas respectivas e informe los antecedentes del . . . Ver
16/11JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA-AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION-DICTADO DEL ACTO EXPRESO POR LA ADMINISTRACION REQUERIDA ANTES DE LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA-NOTIFICACIÓN DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL PROCESO:EFECTOS-SITUACIÓN REAL EXISTENTE AL MOMENTO DE DICTAR SENTENCIA-CUESTION ABSTRACTA-EXIMICIÓN DE COSTAS A LA ADMINISTRACIONEn la presente acción de amparo por mora de la administración, este Tribunal declara su jurisdicción y competencia para entender en la presente causa. Con fecha 14 de noviembre de 2011, se notifica al Señor Director de Inspección General de Personas Jurídicas, y conforme a lo dispuesto por el Art. 10 de la ley 4795 – modificada por Ley 4850 -se fija el término perentorio de cinco días para . . . Ver