Buscar Sumarios

Opcionalmente, puede ingresar un operador de comparación (<, <=, >, >=, <> or =) al comienzo de cada uno de los valores de búsqueda para especificar cómo debería ser hecha la comparación.

Viendo 761-770 de 2708 resultados.
Nro SentVocesTextoMateria 
32/17MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS- SENTENCIA CONDENATORIA- RECURSO DE CASACIÓN. INOBSERVANCIA O ERRÓNEA APLICACIÓN DE LA LEY SUSTANTIVA- - DEFECTUOSA FUNDAMENTACIÓN DEL AGRAVIO- INSUFICIENCIA DE LA MERA DISCREPANCIA- RECHAZO DEL PLANTEO. El agravio relativo a que en la resolución recurrida no se observó o se aplicó erróneamente la ley sustantiva debe ser rechazado, pues exhibe un déficit de fundamentación que impide su comprensión, sin ajustarse en lo más mínimo a las exigencias técnicas requeridas por la ley de forma (arts. 460, sgtes. y ccdtes. del C.P.P)., toda vez que el recurrente se limitó a invocar errónea aplicación . . . Ver
32/17MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS- SENTENCIA CONDENATORIA- RECURSO DE CASACIÓN-INOBSERVANCIA O ERRÓNEA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS PENAS- INEXISTENCIA DE ARBITRARIEDAD EN EL MONTO DE LA PENA- ADECUADA MOTIVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN- DESESTIMACIÓN DEL AGRAVIO La denuncia arbitrariedad en la fundamentación de la pena impuesta, debe desestimarse, por cuanto el mero desacuerdo sobre el monto de la pena impuesta no habilita la excepcional competencia de éste Tribunal para controlar el ejercicio de una facultad atribuida en principio a otro órgano judicial, y así se ha pronunciado en numerosos precedentes en los se dijo que la facultad discrecional de . . . Ver
32/17MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS- SENTENCIA CONDENATORIA- RECURSO DE CASACIÓN-INOBSERVANCIA O ERRÓNEA APLICACIÓN DE LA SANA CRÍTICA-ADECUADA VALORACIÓN DE LA PRUEBA-RECHAZO DEL AGRAVIO. Corresponde desestimar la crítica efectuada por el recurrente respecto a la inobservancia o errónea aplicación de las reglas de la sana crítica en la valoración de la prueba, porque de la reseña efectuada en la sentencia no surge que se le haya atribuido al acusado irregularidades de gestiones anteriores, ya que ha quedado probado que el hecho por el que fue condenado está referido a las . . . Ver
32/17MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS- SENTENCIA CONDENATORIA- RECURSO DE CASACIÓN- PLANTEO DE NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN- RECHAZO IN LIMINE. El planteo de nulidad interpuesto debe ser rechazado in limine toda vez que la resolución atacada se encuentra rubricada tanto por el magistrado interviniente como por la secretaria actuante, y por ello la pretensión del quejoso se desvanece ante la lógica explicación brindada por el camarista al momento de efectuar el análisis de admisibilidad formal, previo otorgar la concesión del presente . . . Ver
12/15LOTEO MUNICIPAL - AMPARO1) LOTEO MUNICIPAL-FALTA DE SUMINISTRO DEL SERVICIO ENERGÍA ELÉCTRICA A USUARIO PARTICULAR- OBRAS DE INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA-SOLICITUD DE REALIZACIÓN AL MUNICIPIO-SILENCIO DE LA ADMINISTRACIÓN-AMPARO-RECONDUCCIÓN DE LA ACCIÓN COMO AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACIÓN-RECHAZO DE AMBAS ACCIONES-NECECIDAD DE MAYOR DEBATE Y PRUEBA-EXISTENCIA DE OTRAS VÍAS MÁS IDONEAS DE DISCUSIÓN (Dr. Cáceres, . . . Ver
2/14LICENCIA DE CONDUCIR-NEGATIVA DE RENOVACION POR MUNICIPIO-EXIGENCIAS SIN RESPALDO LEGAL-ARBITRARIEDAD- PROCEDENCIA DE LA ACCION AMPAROPara que proceda la vía de amparo no basta que el acto sea ilegal o arbitrario, es necesario que la ilegalidad o arbitrariedad sean manifiestas, que se advierta sin necesidad de mayor investigación o análisis. En principio, del planteo formulado por el actor y los elementos aportados por él a la causa, no permiten tener una convicción clara, ostensible y total de la ilicitud, en tanto la única . . . Ver
41/17Libertad Condicional- Denegación- Recurso de Casación- Admisibilidad Formal- Incumplimiento de Pautas asumidas por el interno- Sentencia denegatoria debidamente fundada- Inidoneidad de los argumentos del recurrente- Decisión acorde con la ley de Ejecución de la pena privativa de la libertad- Apego a la ley penal sustantiva- Rechazo del recurso. Del voto de la Dra. Molina (al que se adhieren los Dres. Cippitelli, Sesto de Leiva, Figueroa Vicario y Cáceres). Sin perjuicio de que el recurso de casación interpuesto por el Defensor Oficial del interno penado, alojado en el establecimiento penitenciario de la provincia, en contra del auto dictado por el Juzgado de Ejecución Penal que resolvió no hacer lugar a su solicitud de libertad . . . Ver
18/20Libertad condicional- Denegación- Recurso de casación-Es el juez el encargado de ponderar si existe o no la posibilidad de reinserción social del interno, y en el presente caso se observa que el magistrado en la resolución que deniega la solicitud realizada por el defensor del imputado para que se le otorgue la libertad condicional a su pupilo, valoró especialmente los informes psicológico y psiquiátrico, en los cuales se consignan los aspectos . . . Ver
22/08LEY SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO- ENFERMEDAD PROFESIONAL EXTRASISTEMICA- DEMANDA POR REPARACION INTEGRAL-DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS ARTICULOS 6 Y 39 DE LA LRT: INNECESARIEDAD-JURISPRUDENCIA DE LA CSJN-SEGUIMIENTO-RECURSO DE CASACION: IMPROCEDENCIA- COSTAS POR EL ORDEN CAUSADO: FUNDAMENTOEn primera instancia se admite la indemnización por daño material con fundamento en los Arts. 1113 y 1109 del Código Civil, por tratarse de enfermedades no contempladas en la LRT, y en base a doctrina que entiende que en estos casos no se requiere planteo de inconstitucionalidad del Art. 39 de la LRT, ya que se trata de una típica demanda laboral deducida en contra del empleador en procura de . . . Ver
08/10LEY NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES-EXENCION IMPOSITIVA: FUNDAMENTO-CONSTITUCION NACIONAL-CLAUSULA DE LA PROSPERIDAD-INTERPRETACION AMPLIA DE LA CSJN-PRECEDENTES-GRAVAMEN MUNICIPAL-EJECUCION FISCAL-EXCEPCION DE IHABILIDAD DEL TITULO BASADA EN LA INEXISTENCIA DE DEUDA EXIBLE: PROCEDENCIA; FUNDAMNTO; ALCANCE- PRINCIPIO DE SUPREMACÍA LEGAL-RECURSO DE CASACION: PROCEDENCIA La exención establecida en la Ley Nacional de Telecomunicaciones-Nº 19.798- art 39- encuentra sustento normativo en la denominada “cláusula de la prosperidad”, ínsita en el actual artículo 75 inciso 18 de nuestra Constitución Nacional (antes artículo 67), que otorga al Congreso Nacional la atribución de dictar leyes para favorecer y promocionar determinados logros y, para la consecución . . . Ver