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CORTE DE JUSTICIA • MAZA, María Beatriz c. FURQUE, José Alberto y GRANIZO, Ángel s/ Acción de Réplica, Rectificación o Respuesta.- CASACION • 29-12-2009
Me Adhiero a la relación de causa efectuada por quien lleva la voz en el acuerdo. Sin embargo, he de manifestar mi disenso con los fundamentos y la solución propiciada, toda vez que entiendo que el Ad Quem, como juez del recurso, tiene facultades para revisarlo, aun de oficio, en cuanto a su procedencia así como a su trámite y formas a los fines de verificar, entre otros aspectos, la validez y . . .
CORTE DE JUSTICIA • MAZA, María Beatriz c. FURQUE, José Alberto y GRANIZO, Ángel s/ Acción de Réplica, Rectificación o Respuesta.- CASACION • 29-12-2009
El Tribunal de Alzada puede pronunciarse sobre la admisibilidad de los recursos hasta el momento del acuerdo respectivo, sin que la obliguen en sentido contrario las providencias de mero trámite que permitieron su sustanciación (art. 276, Cód. Procesal). Pues de otro modo se tendría que admitir que las decisiones del presidente obligan al tribunal.
En el caso, la facultad revisora ejercida por . . .
CORTE DE JUSTICIA • GUZMAN, Eloy Noé c. POLICIA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración • 31-03-2010
Conforme surge de autos, están pendientes de resolución definitiva procesos sumariales iniciados al actor desde el año 1996, esto es desde hace 14 años, lo que excede cualquier plazo razonable en los términos y alcances del Art.2 de la Ley Provincial Nº4795 y constituye la mora objetiva de la Administración que la ley de cita establece como presupuesto para la procedencia de la acción. “Cuando . . .
CORTE DE JUSTICIA • GUZMAN, Eloy Noé c. POLICIA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración • 31-03-2010
“El Amparo por Mora pretende obtener una orden judicial de pronto despacho, de las actuaciones administrativas. Por medio de él, se posibilita que quien sea parte en el procedimiento administrativo acuda a la vía judicial, a fin que se emplace a la administración a que cumpla con su cometido: decidir las cuestiones sometidas a su resolución en un plazo que fije el juez.” (Hutchinson, Tomás . . .
CORTE DE JUSTICIA • GUZMAN, Eloy Noé c. POLICIA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración • 31-03-2010
En la presente acción de amparo por mora de la Administración, presenta informe la División Sumarios Administrativos de la Policía de la Provincia Catamarca. Relata que luego del pedido de perención de instancia de siete expedientes, se procede a registrar el ingreso y se lo identifica con la letra “G” Nº100/09 el cual ingresa a Asesoría Letrada General, la que se expide mediante dictamen . . .
CORTE DE JUSTICIA • FIGUEROA, María del Valle y Otros c. MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración • 29-06-2010
La finalidad del amparo por mora es obtener el pronto despacho del actuar administrativo que se estima demorado, siempre que el procedimiento administrativo mantenga su vigencia.
Tal como se desprende del Art. 2° de la Ley Nº 4795, la misma es amplia en cuanto al objeto de esa orden de despacho, en tanto se extiende tanto a los actos resolutorios cuanto a los de mero trámite y tiene por objeto . . .
CORTE DE JUSTICIA • FIGUEROA, María del Valle y Otros c. MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración • 29-06-2010
Los actores, con fecha 13/04/98, solicitaron al Ministerio de Educación que se les restituya el adicional por zona que les correspondía como unidad educativa transferida desde el sistema educativo nacional, donde se les reconocía la zona ARU Alejada del Radio Urbano. No obstante que con posterioridad la Dirección de Personal procedió a dar de baja al citado componente salarial, lo que motivó . . .
CORTE DE JUSTICIA • FIGUEROA, María del Valle y Otros c. MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración • 29-06-2010
“El amparo por mora procede en todos los casos en que la autoridad administrativa deba resolver la petición hecha por el administrado.” “…También se entiende que frente a la tardanza de la administración, el administrado puede optar entre urgir el trámite en sede administrativa (Art. 71 RNPA), o promover un amparo por mora (Art. 28 LNPA) o bien, tener por configurado el silencio habilitante . . .
CORTE DE JUSTICIA • FIGUEROA, María del Valle y Otros c. MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA s/ Acción de Amparo por Mora de la Administración • 29-06-2010
En autos, los administrados han optado, luego de oponer pronto despacho, por el procedimiento que le brinda nuestro ordenamiento jurídico, el amparo por mora de la administración, por no resolverse su pedido, solicitando en este caso el pronto despacho al Tribunal.
En ese sentido cabe recordar lo expresado por esta Corte de Justicia: “Si bien la acción de amparo por mora es la antítesis del . . .
CORTE DE JUSTICIA • SOSA, Gustavo Adolfo c. ESTADO PROVINCIAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN s/ Acción Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción y de Ilegitimidad • 10-02-2010
Los apoderados del Estado Provincial plantean excepción de incompetencia fundada en que la resolución reclamada no da acción contencioso administrativa, pues no emana de la máxima autoridad de la provincia, sino de un Ministro sin competencia para dirimir en última instancia lo solicitado por el agente, por lo que no se agotó la vía administrativa.
Ahora bien, el agotamiento de la vía o . . .
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