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Nro Sent | Voces | Texto | Materia | |
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67/21 | ACUMULACIÓN DE PROCESOS - IMPROCEDENCIA | 1.-) La conexidad apta para producir el desplazamiento de la competencia, debe basarse en una identidad entre las distintas pretensiones, derivada de la causa, del objeto o de ambos elementos, o en la existencia de una íntima vinculación entre los asuntos, completando la figura la identidad de sujetos. | ||
82/21 | 2) Argumenta que dicho decreto viola los derechos constitucionales del debido proceso, defensa en juicio, y preclusión procesal, ya que en la audiencia fijada anteriormente solo comparece la parte demandada, sin que la actora haya justificado su ausencia, por lo que solicita se haga lugar al apercibimiento de ley, de tener por desistida la demanda. Ello es asi porque la contraria a pesar de . . . | |||
28/22 | HONORARIOS – ACUERDO – OBLIGADO AL PAGO – ART. 1255 CCC | 2- Ante la vigencia del nuevo ordenamiento arancelario en materia de honorarios –Ley 5724/21- corresponde analizar los alcances de su aplicación al supuesto aquí apelado de conformidad al art. 65º: “Las disposiciones de la presente Ley se aplican a todos los procesos en que, al tiempo de la promulgación no exista regulación firme regulando honorarios”.En ese sentido de las constancias . . . | ||
Nº 02/21 | PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA | 2- Apela el actor, refiriendo que la sentencia incurre en una errónea valoración de los hechos y de la prueba rendida. Afirmando que la prueba en su conjunto, acredita la posesión y el animus domini | ||
81/21 | 2- Corresponde observar el trámite autónomo y abreviado que caracteriza a este tipo de procesos, en los cuales la tarea del letrado -en su extensión, mérito y calidad- se reduce por el mínimo grado de complejidad que ofrece su diligencia; y más aún cuando –como en el caso- no se han opuesto excepciones o defensas, lo que per se define su calidad de ganancioso. | |||
Nº 56/20 | HONORARIOS – INSUFICIENCIA RECURSIVA – REGULACIÓN ACORDE | 2- El análisis que se efectúa conlleva a esta Alzada a sostener los porcentuales y montos fijados por la instancia de grado, que resultan acordes a la naturaleza del proceso, la incidencia que se sustanció en su desarrollo, la importancia, complejidad, tiempo de estudio y pericia profesional empleada, sin perjuicio de que –a mayor abundamiento- también resultaron consentidos por los propio . . . | ||
Nº 14/19 | CRÉDITO LABORAL - TERCERÍA DE DOMINIO – RECHAZO – SUBSISTENCIA DE SUSPENSIÓN DE SUBASTA | 2- El caso enfrenta, esencialmente, a dos bloques de derechos o intereses bien diferenciados: el de la acreedora embargante que procura realizar lo que según la ley formaría parte de la garantía o "prenda común" de su acreencia (el 50 % indiviso del inmueble embargado, cuyo cotitular registral es el deudor demandado en el juicio principal), y el de la incidentista, que oponiéndose a la . . . | ||
95/21 | 2- El incidente de caducidad de la instancia es típicamente suspensivo del proceso lo que significa que, de hecho, el curso del procedimiento sólo se reanuda una vez decidido definitivamente el acuse que motiva a aquél; de allí se sigue que la caducidad del incidente de perención debe resolverse antes de pronunciarse sobre la caducidad de la instancia principal. | |||
Nº 26/21 | IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE APELACIÓN – PRECLUSIÓN PROCESAL | 2- En definitiva, este tránsito procesal profuso y dispendioso de las impugnantes, intenta revivir nuevamente –por vía de apelación- una actividad procesal precluída y ya juzgada en los términos en que fue propuesta, pues, como bien lo señala el magistrado de grado y lo confirman las propias recurrentes en su memorial, se dictó sentencia en todas las instancias procesales que se abrieron . . . | ||
19/22 | 2- Es de tener en cuenta que cada suspensión (más allá de sus motivos) implica una conducta que desestabiliza la autoestima de la trabajadora y su posición social frente a la empresa y a sus compañeros. El reclamo de la empleada impone analizar la conducta patronal en los términos del art. 65 de la LCT pues, en el ejercicio de sus facultades de dirección, sus órdenes deben atender tanto . . . |
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